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concurso material o real , regla general
regla general Art. 74 inciso primero . "Al culpable de dos o más delitos se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones."
acumulación aritmética o matemática, implica que se imponen tantas penas como delitos que el sujeto cometió
2. sistema de la absorción agravada
Art. 75. La disposición del artí**** anterior no es aplicable en el caso de que un solo hecho constituya dos o más delitos, o cuando uno de ellos sea el medio necesario para cometer el otro.
En estos casos sólo se impondrá la pena mayor asignada al delito más grave.

tambien esta regla se aplica al concurso ideal
concurso medial o ideal impropio
acumulación jurídica o asperación
Artí**** 351.- Reiteración de crímenes o simples delitos de una misma especie. En los casos de reiteración de crímenes o simples delitos de una misma especie se impondrá la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en uno o dos grados.

Si, por la naturaleza de las diversas infracciones, éstas no pudieren estimarse como un solo delito, el tribunal aplicará la pena señalada a aquella que, considerada aisladamente, con las circunstancias del caso, tuviere asignada una pena mayor, aumentándola en uno o dos grados, según fuere el número de los delitos.

Podrá, con todo, aplicarse las penas en la forma establecida en el artí**** 74 del Código Penal si, de seguirse este procedimiento, hubiere de corresponder al condenado una pena menor.
Para los efectos de este artí****, se considerará delitos de una misma especie aquellos que afectaren al mismo bien jurídico.