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Legislación sobre prevención de riesgos laborales
-Marco Normativo
-Normas Internacionales:La OIT,normas de la UE
-Constitución Española:Art. 40.2.
-Legislación básica:Ley de PRL, ley 31/1995 y
RD 39/1997
-Legislación básica:Reales Decretos que desarrollan cada riesgo laboral con sus medidas de prevención y protección
Obligaciones de los empresarios
-planificar la prevención de riesgos
-evaluar los riesgos laborales cuando son inevitables
-proveer equipos y medidas de protección
-proveer equipos de protección individual (EPIs)
-elaborar un plan de emergencia
-adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente e incluirlas en el Plan de Emergencia
-informar y formar
-consulta y participación
-vigilancia de la salud
-protección de la maternidad y la lactancia
-protección de grupos especiales de riesgo:menores,ETTs
Obligaciones del Trabajador
-Usar adecuadamente
-EPIs
-Máquinas
-Herramientas
-No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad

-Informar de inmediato a superiores o delegados de situaciones que puedan entrañar un riesgo

-Cooperar con el empresario en materia de prevención
Responsabilidades en materia preventiva del EMPRESARIO
Las infracciones que cometa en esta materia  sanción de la Inspección de Trabajo
Tipos de responsabilidades
-Responsabilidad administrativa (sanción desde 40 a 819.000€), paralización, cierre…
Responsabilidad civil (indemnización al trabajador)
-Responsabilidad penal (por poner en peligro grave: desde multa a prisión)
-Recargo en las prestaciones de la Seguridad Social por falta de medidas preventivas (recargo entre 30-50% prestación)
Responsabilidades en materia preventiva del TRABAJADOR
Si incumple sus obligaciones en materia preventiva puede ser sancionado por el empresario con:
-Faltas leves, graves y muy graves recogidas en convenio colectivo

-Sanción:de amonestación verbal al despido disciplinario (tb. responsabilidad civil /penal)
Responsabilidades en materia preventiva del papel de la Inspección de Trabajo
-Visita empresas
-Actas de infracción y propone sanciones
-Advertencias y requerimientos
-Paralización inmediata si hay riesgo inminente y grave
-Elaboración de informes
2. La organización de la prevención en la empresa
Asunción por parte del propio empresario
-Empresas < 25 trabajadores
-Acudir a otras modalidades
Actividad de riesgo especial
2. La organización de la prevención en la empresa
Designar a uno o varios trabajadores
-La empresa decide uno o varios trabajadores
-Deben poseer formación suficiente / tiempo /medios
-Garantías para no ser despedidos como los representantes de los trabajadores
2. La organización de la prevención en la empresa
Servicio de prevención propio
Deberán crearlo las siguientes:
-Empresa > 500 trabajadores
-250-500 trabajadores + actividad de riesgo especial
-Por peligrosidad y/o accidentes: Autoridad Laboral
2. La organización de la prevención en la empresa.
Funciones del Servicio de prevención propio
+ Elaborar plan prevención riesgos
+ Evaluar riesgos
+ Determinar prioridades de actuación
+ Formación e información
+ Vigilancia salud
+ Actuación primeros auxilios y planes de emergencia
2. La organización de la prevención en la empresa.
Servicios de prevención ajenos
Entidades especializadas en gestionar la prevención de riesgos. Algunas mutuas tienen asociadas estas empresas.
3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN
Designados por los propios representantes de los trabajadores entre ellos .1 por cada 50
3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
-Empresas de al menos 50 trabajadores
-Formado por delegados de prevención + representantes de la empresa en igual número
3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
COMPETENCIAS Y FACULTADES
- Funciones de los delegados y comité:
Ser consultado
Participar en la planificación
Efectuar propuestas
Ser informados sobre accidentes
Acceso a documentación
Acompañar a la inspección
paralización
4. La gestión de la prevención en la empresa
Principios de acción preventiva
-Evitar los riesgos
-Evaluar los riesgos que no se puedan evitar
-Combatir los riesgos desde su origen
-Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgo
-Planificar la prevención y la protección
-Anteponer la protección colectiva a la individual
-Dar instrucciones adecuadas al trabajador
-Adaptar el trabajo a la persona
-Tener en cuenta la evolución de la técnica
4. La evaluación de riesgos laborales
Prioridad de actuación según nivel de riesgo:
-Trivial No requiere acción específica
-Tolerable No se necesita mejorar la prevención, se harán comprobaciones periódicas
-Moderado Esfuerzos para reducir el riesgo.Medidas precisas en tiempo determinado
-Importante No comenzar trabajo hasta la reducción del riesgo
-Intolerable No se debe continuar ni comenzar, si no se reduce: paralización
La gestión de los accidentes de trabajo.Investigación de accidentes
Los mortales y graves
Los leves y los accidentes blancos (daños materiales sin lesiones) de forma repetida o exista riesgo grave
La gestión de los accidentes de trabajo.Registro y notificación de accidentes
-Los empresarios deben dejar constancia y notificarlos vía Internet (Delt@) en Ministerio Empleo

-Obligatorio aquellos que conlleven baja laboral de al menos un día y relación mensual de accidentes sin baja.

-A nivel interno -->voluntario / notificación de botiquín (hechos ocurridos y causas)
Los costes de los accidentes.
Costes para la empresa
-Salarios e indemnizaciones
-Pérdida de productividad
-Tiempos perdidos en auxiliar
-Tiempos perdidos en investigar y notificar
-Conflictividad laboral
-Daños materiales
-Sanciones económicas y penales
-Pérdida de imagen para la empresa
Los costes de los accidentes
Costes para el trabajador y la sociedad
-Para el trabajador y su familia-->  dolor y sufrimiento, pérdida y disminución temporal o definitiva de ingresos
-Para la sociedad--> pérdida de recursos humanos o de capacidad productiva, indemnizaciones del Estado, gestión por la Inspección, etc