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Cómo estudiar sus tarjetas

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¿Cómo se calcula?
Por riesgo presuntoSI LA EMPRESA ES NUEVA: La Cotización Adicional se determina de acuerdo a la actividad económica de la empresa que se encuentra definida en el Decreto Supremo Nº 110 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social según la TABLA DE COTIZACION ADICIONAL GENERICA
Por riesgo efectivoCuando una empresa registra al menos dos períodos anuales de actividad, las Mutualidades de Empleadores, respecto de sus empresas adherentes, y los Servicios de Salud en las demás empresas, deben determinar la cotización adicional por riesgo efectivo que le corresponde.
Esto se hace considerando los parámetros objetivos y las fórmulas matemáticas que establece el D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Inciden en su cálculo los días de trabajo perdidos como consecuencia de accidentes del trabajo (excluye los accidentes de trayecto) o enfermedades profesionales, sujetos al pago de subsidios, y las indemnizaciones, pensiones y muertes por la misma causa.
¿Cuándo se calcula la cotización adicional por riesgo efectivo de las empresas?
El cálculo se debe efectuar para todas las empresas durante el segundo semestre de cada año impar.
¿Quién la paga?
El pago de cotizaciones es una obligación legal del empleador y considera tanto la COTIZACION BASICA como la COTIZACION ADICIONAL.