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Dar la definición de fideicomiso.
Hay contrato de fideicomiso cuando una parte, llamada fiduciante, transmite o se compromete a transmitir la propiedad de bienes a otra persona denominada fiduciario, quien se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamada beneficiario, que se designa en el contrato, y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición al fideicomisario.
¿Cuales son los caracteres del fideicomiso?
Nominado; Consensual; Bilateral; Formal; Oneroso o Gratuito; De tracto sucesivo.
¿Que debe contener el contrato de fideicomiso?
la individualización de los bienes objeto del contrato. Si no se pueden individualizar, las caracteristicas; la forma de incorporar nuevos bienes al fideicomiso; el plazo o condición de la propiedad fiduciaria; la identificación del beneficiario; indicación del fideicomisario; los derechos y obligaciones del fiduciario y la forma de sustituirlo.
¿Que forma se exige en el fideicomiso?
El contrato, que debe inscribirse en el Registro Público que corresponda, puede celebrarse por instrumento público o privado, excepto cuando se refiere a bienes cuya transmisión debe ser celebrada por instrumento público.
¿Cual es el plazo máximo de duración del fideicomiso?
El fideicomiso no puede durar más de treinta años desde la celebración del contrato, excepto que el beneficiario sea una persona incapaz o con capacidad restringida, caso en el que puede durar hasta el cese de la incapacidad o de la restricción a su capacidad, o su muerte.
Si se pacta un plazo superior, se reduce al tiempo máximo previsto.
¿Que pasa si se cumple la condición resolutoria o se cumple el plazo máximo?
Cumplida la condición o pasados treinta años desde el contrato sin haberse cumplido, cesa el fideicomiso y los bienes deben transmitirse por el fiduciario a quien se designa en el contrato. A falta de estipulación deben transmitirse al fiduciante o a sus herederos.
¿Quien es el fiduciante?
Es el que dispone las mandas del contrato y se obliga a entregar una cantidad determinada de bienes. Parte que se obliga a transferir derechos para que otros ejerzan en su propio nombre, disponiendo, además, a favor de quien deben ser ejercidos y transferidos, una vez concluido el fideicomiso.
No puede ser el fiduciario
¿Quien es el fiduciario?
Es quien debe administrar el patrimonio para cumplir el fin previsto en el contrato.
Es una especie de mandatario, pero hay con éste una diferencia clave: que se le transmite el dominio
Debe cumplir las obligaciones impuestas por la ley y por el contrato con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositada en él.
¿Quien es el beneficiario?
Es un tercero interesado que puede ser cualquier persona, que recibirá los beneficios del fideicomiso, puede ser incluso una persona por nacer.
¿Que bienes pueden ser objeto del fideicomiso?
Pueden ser objeto del fideicomiso todos los bienes que se encuentran en el comercio, incluso universalidades, pero no pueden serlo las herencias futuras.
¿Quien puede ser beneficiario del fideicomiso?
El beneficiario puede ser una persona humana o jurídica, que puede existir o no al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deben constar los datos que permitan su individualización futura. Pueden ser beneficiarios el fiduciante, el fiduciario o el fideicomisa
¿Quien puede ser beneficiario del fideicomiso?
El beneficiario puede ser una persona humana o jurídica, que puede existir o no al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deben constar los datos que permitan su individualización futura. Pueden ser beneficiarios el fiduciante, el fiduciario o el fideicomisa
¿Puede haber varios beneficiarios? ¿Que pasa si uno no acepta?
Si, pueden designarse varios beneficiarios quienes, excepto disposición en contrario, se benefician por igual; para el caso de no aceptación o renuncia de uno o más designados, o cuando uno u otros no llegan a existir, se puede establecer el derecho de acrecer de los demás o, en su caso, designar beneficiarios sustitutos.
¿Que pasa si ningún beneficiario acepta?
Si ningún beneficiario acepta, todos renuncian o no llegan a existir, se entiende que el beneficiario es el fideicomisario. Si también el fideicomisario renuncia o no acepta, o si no llega a existir, el beneficiario debe ser el fiduciante.
¿Puede el beneficiario transmitir su derecho?
Si, aunque no haya sido aceptado puede transmitirse por actos entre vivos o por causa de muerte, excepto disposición en contrario del fiduciante..
¿Quien puede ser fiduciario?
El fiduciario puede ser cualquier persona humana o jurídica.
Sólo pueden ofrecerse al público para actuar como fiduciarios las entidades financieras autorizadas a funcionar como tales, sujetas a las disposiciones de la ley respectiva y las personas jurídicas que autoriza el organismo de contralor de los mercados de valores, que debe establecer los requisitos que deben cumplir.
¿Puede el fiduciario ser también beneficiario?
El fiduciario puede ser beneficiario. En tal caso, debe evitar cualquier conflicto de intereses y obrar privilegiando los de los restantes sujetos intervinientes en el contrato.
¿Cual es la pauta de actuación del fiduciario?
El fiduciario debe cumplir las obligaciones impuestas por la ley y por el contrato con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositada en él
¿Como es la responsabilidad si hay pluralidad de fudiciarios?
En caso de designarse a más de un fiduciario para que actúen simultáneamente, sea en forma conjunta o indistinta, su responsabilidad es solidaria por el cumplimiento de las obligaciones resultantes del fideicomiso.
¿Quien puede solicitar la rendición de cuentas? ¿Cada cuanto se debe hacer?
La rendición de cuentas puede ser solicitada por el beneficiario, por el fiduciante o por el fideicomisario, en su caso, conforme a la ley y a las previsiones contractuales; deben ser rendidas con una periodicidad no mayor a un año.
¿Se puede dispensar el fiduciario de rendir cuentas?
No, el contrato no puede dispensar al fiduciario de la obligación de rendir cuentas, ni de la culpa o dolo en que puedan incurrir él o sus dependientes, ni de la prohibición de adquirir para sí los bienes fideicomitidos.
¿Quien debe afrontar los gastos del fideicomiso? ¿Que se le debe al fiduciario?
Excepto estipulación en contrario, el fiduciario tiene derecho al reembolso de los gastos y a una retribución, ambos a cargo de quien o quienes se estipula en el contrato. Si la retribución no se fija en el contrato, la debe fijar el juez teniendo en consideración la índole de la encomienda, la importancia de los deberes a cumplir, la eficacia de la gestión cumplida y las demás circunstancias en que actúa el fiduciario.
¿Por que causas cesa el fiduciario?
Remoción judicial por incumplimiento de sus obligaciones o imposibilidad material o jurídica; muerte si es humano; incapacidad declarada judicialmente; disolución, quiebra o liquidación si es persona jca; renuncia.
¿Que deben hacer fideicomisario y beneficiario para recibir los beneficios del instituto?
Para recibir las prestaciones del fideicomiso, el beneficiario y el fideicomisario deben aceptar su calidad de tales.
La aceptación se presume cuando intervienen en el contrato de fideicomiso, cuando realizan actos que inequívocamente la suponen o son titulares de certificados de participación o de títulos de deuda en los fideicomisos financieros.
¿Que se constituye sobre los bienes fideicomitidos?
Sobre los bienes fideicomitidos se constituye una propiedad fiduciaria, regida por las disposiciones de este Capítulo y por las que correspondan a la naturaleza de los bienes.
¿Desde que momento tienen efectos frente a terceros los bienes fideicomitidos?
El carácter fiduciario de la propiedad tiene efectos frente a terceros desde el momento en que se cumplen los requisitos exigidos de acuerdo con la naturaleza de los bienes respectivos.
¿Que pasa si los bienes fideicomitidos son registrables?
Si se trata de bienes registrables, los registros correspondientes deben tomar razón de la calidad fiduciaria de la propiedad a nombre del fiduciario.
Excepto estipulación en contrario del contrato, el fiduciario adquiere la propiedad fiduciaria de los frutos y productos de los bienes fideicomitidos y de los bienes que adquiera con esos frutos y productos o por subrogación real respecto de todos esos bienes, debiéndose dejar constancia de ello en el título para la adquisición y en los registros pertinentes.
Explicar el principio de "patrimonio separado" de los bienes fideicomitidos. ¿Que debe contratar el fiduciario?
Los bienes fideicomitidos constituyen un patrimonio separado del patrimonio del fiduciario, del fiduciante, del beneficiario y del fideicomisario.
Sin perjuicio de su responsabilidad, el fiduciario tiene la obligación de contratar un seguro contra la responsabilidad civil que cubra los daños causados por las cosas objeto del fideicomiso. Los riesgos y montos por los que debe contratar el seguro son los que establezca la reglamentación y, en defecto de ésta, los que sean razonables. El fiduciario es responsable en los términos de los artí***** 1757 y concordantes cuando no haya contratado seguro o cuando éste resulte irrazonable en la cobertura de riesgos o montos.
¿Puede un acreedor del fiduciario o fiduciante embargar bienes fideicomitidos?
Los bienes fideicomitidos quedan exentos de la acción singular o colectiva de los acreedores del fiduciario. Tampoco pueden agredir los bienes fideicomitidos los acreedores del fiduciante, quedando a salvo las acciones por fraude y de ineficacia concursal. Los acreedores del beneficiario y del fideicomisario pueden subrogarse en los derechos de su deudor.
¿Que bienes satisfacen las deudas del fideicomiso?
Los bienes del fiduciario no responden por las obligaciones contraídas en la ejecución del fideicomiso, las que sólo son satisfechas con los bienes fideicomitidos. Tampoco responden por esas obligaciones el fiduciante, el beneficiario ni el fideicomisario, excepto compromiso expreso de éstos.
¿Que puede y no puede hacer con los bienes fideicomitidos el fiduciario?
El fiduciario puede disponer o gravar los bienes fideicomitidos cuando lo requieran los fines del fideicomiso, sin que sea necesario el consentimiento del fiduciante, del beneficiario o del fideicomisario.
El contrato puede prever limitaciones a estas facultades, incluso la prohibición de enajenar, las que, en su caso, deben ser inscriptas en los registros correspondientes a cosas registrables. Dichas limitaciones no son oponibles a terceros interesados de buena fe, sin perjuicio de los derechos respecto del fiduciario.
¿Porque se extingue el fideicomiso?
a) el cumplimiento del plazo o la condición a que se ha sometido, o el vencimiento del plazo máximo legal;
b) la revocación del fiduciante, si se ha reservado expresamente esa facultad; la revocación no tiene efecto retroactivo; la revocación es ineficaz en los fideicomisos financieros después de haberse iniciado la oferta pública de los certificados de participación o de los títulos de deuda;
c) cualquier otra causal prevista en el contrato.
¿Que debe hacer el fiduciario cuando termina el fideicomiso?
Producida la extinción del fideicomiso, el fiduciario está obligado a entregar los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores, a otorgar los instrumentos y a contribuir a las inscripciones registrales que correspondan.
¿Que es el dominio fiduciario?
Dominio fiduciario es el que se adquiere con razón de un fideicomiso constituido por contrato o por testamento, y está sometido a durar solamente hasta la extinción del fideicomiso, para el efecto de entregar la cosa a quien corresponda según el contrato, el testamento o la ley.
¿Que normas se aplican al dominio fiduciario?
Son aplicables al dominio fiduciario las normas que rigen los derechos reales en general y, en particular, el dominio, previstas en los Títulos I y III del Libro Cuarto de este Código.
¿Como es el dominio fiduciario? ¿e PERFETO?
El dominio fiduciario hace excepción a la normativa general del dominio y, en particular, del dominio imperfecto en cuanto es posible incluir en el contrato de fideicomiso las limitaciones a las facultades del propietario contenidas en las disposiciones del Capítulo 30 y del presente Capítulo.
¿Que facutlades tiene el fiduciario sobre los bienes?
El titular del dominio fiduciario tiene las facultades del dueño perfecto, en tanto los actos jurídicos que realiza se ajusten al fin del fideicomiso y a las disposiciones contractuales pactadas.
¿Que efectos tiene la extinción del dominio fiduciario?
La extinción del dominio fiduciario NO tiene efecto retroactivo respecto de los actos realizados por el fiduciario, excepto que no se ajusten a los fines del fideicomiso y a las disposiciones contractuales pactadas, y que el tercer adquirente carezca de buena fe y título oneroso.
¿Que es el fideicomiso de administración?
Es el que corresponde a la noción general del art 1666,
En la práctica es empleado con enorme frecuencia, sobre todo en la construcción y en los emprendimientos inmobiliarios.
¿Que es el fideicomiso en garantía?
Cuando el fideicomiso se constituye con fines de garantía, el fiduciario puede aplicar las sumas de dinero que ingresen al patrimonio, incluso por cobro judicial o extrajudicial de los créditos o derechos fideicomitidos, al pago de los créditos garantizados
¿Que es el fideicomiso financiero?
Es el contrato de fideicomiso sujeto a las reglas generales, en el cual el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por el organismo de contralor de los mercados de valores para actuar como fiduciario financiero, y beneficiarios son los titulares de los títulos valores garantizados con los bienes transmitidos.