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¿Como se define el contrato de mandato?
Hay contrato de mandato cuando una parte se obliga a realizar uno o más actos jurídicos en interés de otra.
¿Como puede conferirse o aceptarse el mandato?
El mandato puede ser conferido y aceptado expresa o tácitamente. Si una persona sabe que alguien está haciendo algo en su interés, y no lo impide, pudiendo hacerlo, se entiende que ha conferido tácitamente mandato. La ejecución del mandato implica su aceptación aun sin mediar declaración expresa sobre ella.
¿Que pasa si se confiere poder para ser representado?
Si el mandante confiere poder para ser representado, le son aplicables las disposiciones de los artí***** 362 y siguientes.
¿Que pasa si el mandante no otorga poder de representación?
El mandatario actúa en nombre propio pero en interés del mandante, quien no queda obligado directamente respecto del tercero, ni éste respecto del mandante. El mandante puede subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en las acciones que pueda ejercer el mandatario contra el mandante.
¿Como se presume el mandato?
El mandato se presume oneroso. A falta de acuerdo sobre la retribución, la remuneración es la que establecen las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, o el uso. A falta de ambos, debe ser determinada por el juez.
¿Se puede conferir mandato a una persona incapaz?
Si, pero ésta puede oponer la nulidad del contrato si es demandado por inejecución de las obligaciones o por rendición de cuentas, excepto la acción de restitución de lo que se ha convertido en provecho suyo.
¿Cuales son las 4 clases de representación? (Dicho en parte general)
La legal: que emerge de las regulaciones del ccyc.
La judicial: es un desprendimiento de al legal, surge por sentencia legal
Voluntaria: se da a partir de un contrato de mandato representativo
Orgánica: la que surge del estatuto de una persona jurídica.
En la parte general. ¿Que posición toma el código sobre la representación en los actos jurídicos?
Toma una posición amplia, dice que, todos los actos jurídicos entre vivos pueden ser celebrados por medio de representante excepto disposición legal.
¿Que efectos tienen los actos realizados por representación?
Los actos celebrados por el representante en nombre del representado y en los límites de las facultades conferidas por al ley o por el acto de apoderamiento, producen efecto directamente para el representado.
Distinguir las diferencias entre, representación, mandato y poder.
Representación: Relación jca que permite a un sujeto obrar en nombre de otro.
Mandato: Contrato, acto jco bilateral, que crea relaciones obligacionales entre mandante y mandatario
Poder: Es necesario en la representación convencional, es un acto jco unilateral a través del cual el representado concede al representante facultades para actuar en su nombre.
¿Que es la representación aparente?
Cuando alguien ha obrado de manera de inducir a un tercero a celebrar un acto jurídico, dejándolo creer razonablemente que negocia con su representante, sin que haya representación expresa, se entiende que le ha otorgado tácitamente poder suficiente.
¿Se puede ejercer un acto consigo mismo en la representación?
Nadie puede, en representación de otro, efectuar consigo mismo un acto jurídico, sea por cuenta propia o de un tercero, sin la autorización del representado. Tampoco puede el representante, sin la conformidad del representado, aplicar fondos o rentas obtenidos en ejercicio de la representación a sus propios negocios, o a los ajenos confiados a su gestión.
¿Que es la ratificación?
La ratificación suple el defecto de representación. Luego de la ratificación, la actuación se da por autorizada, con efecto retroactivo al día del acto, pero es inoponible a terceros que hayan adquirido derechos con anterioridad.
¿En que tiempo se hace la ratificación?
La ratificación puede hacerse en cualquier tiempo, pero los interesados pueden requerirla, fijando un plazo para ello que no puede exceder de quince días; el silencio se debe interpretar como negativa. Si la ratificación depende de la autoridad administrativa o judicial, el término se extiende a tres meses.
¿Que incluye el mandato general?
Solo incluye actos de administración ordinaria
¿Para que actos se necesita facultad de representación expresa?
1. Para pedir el divorcio; reconocer hijos; aceptar herencias; constituir derechos reales sobre inmuebles; crear obligaciones unilateralmente; etc.
¿Que pasa si alguien actúa como representante de otro sin serlo, o en exceso de las facultades conferidas por el representado?
Será responsable del daño que la otra parte sufra por haber confiado, sin culpa suya, en la validez del acto; si hace saber al tercero la falta o deficiencia de su poder, está exento de dicha responsabilidad.
¿Que pasa si el mandato se confiere a varias personas sin estipular expresamente la forma o el orden de su actuación?
Se entiende que pueden desempeñarse conjunta o separadamente.
Lo ideal es que esté expresado en el contrato. Sin embargo sino, indistinto: algunos veces pueden actuar en conjunto, otras por separado.
¿Como se extingue el poder?
Por cumplimiento de los actos encomendados; por muerte del representante o representado; por revocación del representado; por renuncia del representante; por declaración de muerte presunta del representado; por quiebra del representante o representado .
¿Cual es el mandato expreso?
Es expreso cuando la manifestación de voluntad del mandatario y el mandante para el consentimiento resulta de comportamientos declarativos, es decir, por medio de signos del lenguaje ya sea verbalmente, por escrito o signos inequívocos
¿Cuando hay mandato oculto ?
Cuando el mandante no otorga poder de representación, el mandatario actúa en nombre propio pero en interés del mandante, quien no queda obligado directamente respecto del tercero, ni éste respecto del mandante.
El mandante puede subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en las acciones que pueda ejercer el mandatario contra el mandante.
¿Cual es la obligación fundamental del mandatario?
Cumplir los actos comprendidos en el mandato, conforme a las instrucciones dadas por el mandante y a la naturaleza del negocio que constituye su objeto (PAUTA OBJETIVA), con el cuidado que pondría en los asuntos propios o, en su caso, el exigido por las reglas de su profesión, o por los usos del lugar de ejecución (PAUTA SUBJETIVA);
Nombrar las obligaciones secundarias del mandatario.
Dar aviso inmediato al mandante de cualquier circunstancia sobreviniente que razonablemente aconseje apartarse de las instrucciones recibidas; informar al mandante un conflicto de intereses; mantener reserva de toda información que reciba en el mandato; dar aviso de todo valor que reciba en el mandato; rendir cuentas; entregar al mandante las ganancias derivadas del negocio, con los intereses moratorios, de las sumas de dinero que haya utilizado en provecho propio; exhibir al mandante toda la documentación relacionada con la gestión encomendada, y entregarle la que corresponde según las circunstancias.
¿Como debe ser la rendición de cuentas en el mandato?
La rendición de cuentas por el mandatario debe ser en las condiciones previstas en los artí***** 858 y siguientes acompañada de toda la documentación relativa a su gestión. Excepto estipulación en contrario, las cuentas deben rendirse en el domicilio del mandatario y los gastos que generan son a cargo del mandante;
¿Que pasa si media conflicto de intereses entre mandante y mandatario?
Si media conflicto de intereses entre el mandante y el mandatario, éste debe posponer los suyos en la ejecución del mandato, o renunciar.
La obtención, en el desempeño del cargo, de un beneficio no autorizado por el mandante, hace perder al mandatario su derecho a la retribución.
Nombrar las obligaciones del mandante.
Suministrar al mandatario los medios necesarios para la ejecución del mandato y compensarle los gastos; indemnizar los daños que sufra el mandatario; liberar al mandatario de las obligaciones asumidas con terceros, proveyéndole de los medios necesarios para ello; abonar al mandatario la retribución convenida
¿Cuando se extingue el mandato?
Por el transcurso del plazo por el que fue otorgado o cumplimiento de la condición resolutoria pactada; por la ejecución del negocio por el que fue dado; por la revocación del mandante; por renuncia del mandatario;
¿Que pasa si el mandatario renuncia de manera intempestiva y sin causa?
La renuncia intempestiva y sin causa justificada del mandatario obliga a indemnizar los daños que cause al mandante. Es intempestiva cuando se realiza en un tiempo o circunstancias en que el mandante no puede hacer por sí mismo el negocio y no le es fácil encontrar una persona.
¿Que pasa si el mandante revoca el mandato sin justa causa?
La revocación sin justa causa del mandato otorgado por tiempo o asunto determinado obliga al mandante a indemnizar los daños causados; si el mandato fue dado por plazo indeterminado, el mandante debe dar aviso adecuado a las circunstancias o, en su defecto, indemnizar los daños que cause su omisión.
¿Que pasa si muere el mandante?
Si se produce la muerte o incapacidad del mandante, el mandatario debe ejecutar los actos de conservación si hay peligro en la demora, excepto instrucciones expresas en contrario de los herederos o representantes.
¿Que pasa si muere el mandatario?
Producida la muerte o incapacidad del mandatario, sus herederos, representantes o asistentes que tengan conocimiento del mandato deben dar pronto aviso al mandante y tomar en interés de éste las medidas que sean requeridas por las circunstancias Se extingue el mandato.