• Barajar
    Activar
    Desactivar
  • Alphabetizar
    Activar
    Desactivar
  • Frente Primero
    Activar
    Desactivar
  • Ambos lados
    Activar
    Desactivar
  • Leer
    Activar
    Desactivar
Leyendo...
Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda

Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba

Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h

Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n

image

Boton play

image

Boton play

image

Progreso

1/11

Click para voltear

11 Cartas en este set

  • Frente
  • Atrás
Derecho administrativo definición
Parte del ordenamiento jurídico que regula la administración pública, organización, servicios y relaciones con los ciudadanos
Rama a la que pertenece el derecho administrativo
Derecho público interno
El derecho administrativo se caracteriza por
Ser común - Aplicable a todas las actividades comunitarias.
Autónomo - Propios principios generales
Local - Vinculado a la organización política de una región.
Exorbitante - Excede al derecho privado, desigualdad entre las partes.
Otras caracteristicas
Organización y funciones de la admón. pública; administración activa (servicios públicos) y actividad jurisdiccional (justicia administrativa).
Primer punto que estudia el derecho administrativo
Los actos administrativos (que deben ser diferenciados de los actos de gobierno), entre los que corresponde señalar especialmente los contratos administrativos (de servicio público, de obra pública y de suministro).
Segundo punto
2) los actos administrativos (que deben ser diferenciados de los actos de gobierno), entre los que corresponde señalar especialmente los contratos administrativos (de servicio público, de obra pública y de suministro).
Otros puntos
3) la función pública.

4) el poder de policía.

5) la administración del dominio público.

6) la limitaciones a la propiedad privada regidas por el derecho administrativo.
Tres funciones del Estado
Dicta, altera o suspende leyes, siempre que sean conformes a la Constitución Nacional.
Función legislativa se encarga de
Se ocupa de dictar, alterar o suspender las leyes, siempre que sean conformes a la Constitución Nacional.
Función judicial se encarga de
Se ocupa de interpretar y aplicar la ley en casos concretos, para resolver controversias jurídicas entre partes con intereses contrapuestos.
Función administrativa se encarga de
Función continua, rápida e inmediata, que se ocupa de que se cumpla la ley y de satisfacer los intereses comunitarios impostergables.