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Legislación sobre prevención de riesgos laborales
-Marco Normativo |
-Normas Internacionales:La OIT,normas de la UE
-Constitución Española:Art. 40.2. -Legislación básica:Ley de PRL, ley 31/1995 y RD 39/1997 -Legislación básica:Reales Decretos que desarrollan cada riesgo laboral con sus medidas de prevención y protección |
Obligaciones de los empresarios
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-planificar la prevención de riesgos
-evaluar los riesgos laborales cuando son inevitables -proveer equipos y medidas de protección -proveer equipos de protección individual (EPIs) -elaborar un plan de emergencia -adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente e incluirlas en el Plan de Emergencia -informar y formar -consulta y participación -vigilancia de la salud -protección de la maternidad y la lactancia -protección de grupos especiales de riesgo:menores,ETTs |
Obligaciones del Trabajador
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-Usar adecuadamente
-EPIs -Máquinas -Herramientas -No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad -Informar de inmediato a superiores o delegados de situaciones que puedan entrañar un riesgo -Cooperar con el empresario en materia de prevención |
Responsabilidades en materia preventiva del EMPRESARIO
|
Las infracciones que cometa en esta materia sanción de la Inspección de Trabajo
Tipos de responsabilidades -Responsabilidad administrativa (sanción desde 40 a 819.000€), paralización, cierre… Responsabilidad civil (indemnización al trabajador) -Responsabilidad penal (por poner en peligro grave: desde multa a prisión) -Recargo en las prestaciones de la Seguridad Social por falta de medidas preventivas (recargo entre 30-50% prestación) |
Responsabilidades en materia preventiva del TRABAJADOR
|
Si incumple sus obligaciones en materia preventiva puede ser sancionado por el empresario con:
-Faltas leves, graves y muy graves recogidas en convenio colectivo -Sanción:de amonestación verbal al despido disciplinario (tb. responsabilidad civil /penal) |
Responsabilidades en materia preventiva del papel de la Inspección de Trabajo
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-Visita empresas
-Actas de infracción y propone sanciones -Advertencias y requerimientos -Paralización inmediata si hay riesgo inminente y grave -Elaboración de informes |
2. La organización de la prevención en la empresa
Asunción por parte del propio empresario |
-Empresas < 25 trabajadores
-Acudir a otras modalidades Actividad de riesgo especial |
2. La organización de la prevención en la empresa
Designar a uno o varios trabajadores |
-La empresa decide uno o varios trabajadores
-Deben poseer formación suficiente / tiempo /medios -Garantías para no ser despedidos como los representantes de los trabajadores |
2. La organización de la prevención en la empresa
Servicio de prevención propio |
Deberán crearlo las siguientes:
-Empresa > 500 trabajadores -250-500 trabajadores + actividad de riesgo especial -Por peligrosidad y/o accidentes: Autoridad Laboral |
2. La organización de la prevención en la empresa.
Funciones del Servicio de prevención propio |
+ Elaborar plan prevención riesgos
+ Evaluar riesgos + Determinar prioridades de actuación + Formación e información + Vigilancia salud + Actuación primeros auxilios y planes de emergencia |
2. La organización de la prevención en la empresa.
Servicios de prevención ajenos |
Entidades especializadas en gestionar la prevención de riesgos. Algunas mutuas tienen asociadas estas empresas.
|
3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN |
Designados por los propios representantes de los trabajadores entre ellos .1 por cada 50
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3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD |
-Empresas de al menos 50 trabajadores
-Formado por delegados de prevención + representantes de la empresa en igual número |
3. Participación de los trabajadores en la prevención de riesgos
COMPETENCIAS Y FACULTADES |
- Funciones de los delegados y comité:
Ser consultado Participar en la planificación Efectuar propuestas Ser informados sobre accidentes Acceso a documentación Acompañar a la inspección paralización |
4. La gestión de la prevención en la empresa
Principios de acción preventiva |
-Evitar los riesgos
-Evaluar los riesgos que no se puedan evitar -Combatir los riesgos desde su origen -Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgo -Planificar la prevención y la protección -Anteponer la protección colectiva a la individual -Dar instrucciones adecuadas al trabajador -Adaptar el trabajo a la persona -Tener en cuenta la evolución de la técnica |
4. La evaluación de riesgos laborales
Prioridad de actuación según nivel de riesgo: |
-Trivial No requiere acción específica
-Tolerable No se necesita mejorar la prevención, se harán comprobaciones periódicas -Moderado Esfuerzos para reducir el riesgo.Medidas precisas en tiempo determinado -Importante No comenzar trabajo hasta la reducción del riesgo -Intolerable No se debe continuar ni comenzar, si no se reduce: paralización |
La gestión de los accidentes de trabajo.Investigación de accidentes
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Los mortales y graves
Los leves y los accidentes blancos (daños materiales sin lesiones) de forma repetida o exista riesgo grave |
La gestión de los accidentes de trabajo.Registro y notificación de accidentes
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-Los empresarios deben dejar constancia y notificarlos vía Internet (Delt@) en Ministerio Empleo
-Obligatorio aquellos que conlleven baja laboral de al menos un día y relación mensual de accidentes sin baja. -A nivel interno -->voluntario / notificación de botiquín (hechos ocurridos y causas) |
Los costes de los accidentes.
Costes para la empresa |
-Salarios e indemnizaciones
-Pérdida de productividad -Tiempos perdidos en auxiliar -Tiempos perdidos en investigar y notificar -Conflictividad laboral -Daños materiales -Sanciones económicas y penales -Pérdida de imagen para la empresa |
Los costes de los accidentes
Costes para el trabajador y la sociedad |
-Para el trabajador y su familia--> dolor y sufrimiento, pérdida y disminución temporal o definitiva de ingresos
-Para la sociedad--> pérdida de recursos humanos o de capacidad productiva, indemnizaciones del Estado, gestión por la Inspección, etc |