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QUÉ ACTITUDES PUEDE TOMAS LA PARTE ACTORA EN LA PRIMERA AUDIENCIA
a. Ratificar la demanda
b. Ampliar la demanda
CUANDO SE CONSIDERA AMPLIADA LA DEMANDA
a. Si se cambias los hechos
b. Si se cambia la pretención
QUÉ PASA CUANDO EL ACTOR AMPLIA LA DEMANDA
El juez señala nueva audiencia en el plazo no menor de 3 días, se retoma nuevamente las actuaciones como si fuera una nueva demanda
Art. 335 CT
CUÁLES SON LAS ACTITUDES DEL DEMANDADO
a. Interponer excepciones previas
b. Contestación negativa con excepciones perentorias
c. Reconvención o contra demanda
d. Contesación positiva parcial o total
QUÉ SON LAS EXCEPCIONES
Son medios que tiene el demandado para depurar el proceso, no para anularlo
CÓMO SE RESUELVEN LAS EXCEPCIONES DILATORIAS
a. Si la contratarte contesta en la misma audiencia, presenta sus pruebas para que el juez las diligencia y resuelva en una de las dos vías: consintiendo ó impugnado
b. La contra parte se acoje al plazo de 24 horas, se suspende la audiencia y dentro de las 24 horas se pronuncia por escrito, presenta las pruebas en 8 días y el juez resuelve en 3 días
QUÉ PROCEDIMIENTO SE SIGUE CON LAS EXCEPCIONES DILATORIAS O PERENTORIAS NACIDAS CON POSTERIORIDAD A LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
Se resuelven en sentencia, adicionalmente se interponer hasta antes de de segunda instancia
Art. 342 párrafos 2do. y 3er. CT
QUE PROCEDIMIENTO SE SIGUE CON LA CONTESTACIÓN NEGATIVA DE LA DEMANDA
El demandado no aceptación la pretensión, existen cuatro opciones:
a. Se opone a la demanda y puede ser parcial o total
b. Se opone a la demanda con excepciones perentorias
c. Se opone a la demanda plantea excepciones perentorias y puede reconvenir
d. Se opone a la demanda y puede reconvenir
e. Se opone parcialmente a la demanda plantea excepciones perentoria y puede reconvnir
AL CONTESTAR NEGATIVAMENTE LA DEMANDA, CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE
El juez procurara que exista conciliación, procurando formulas ecuánimes y aprobará en el acto cualquier arreglo que se conviniera
Art. 340 2do. párrafo, CT
QUÉ CLASES DE ACUERDO PUEDEN EXISTIR EN LA CONCILIACIÓN
Acuerdo parcial o total, en cuanto a lo aceptado se procede por la vía ejecutiva si así lo piden las partes lo que el juez hará constar sin que dicte sentencia al respecto, el juicio continúa en lo que corresponde a la parte no aceptada
Art. 340 último párrafo CT
QUÉ PASA CON LA RECONVENCIÓN O CONTRA DEMANDA
Se crea una ACUMULACIÓN DE ACCIONES (Art. 330 CT) la reconvención genera otro ordinario laboral dentro del ordinario laboral, cuando se empatan las acciones, estas se fusionan y continua un solo trámite, entonces en las pruebas se reciben las de ambas fases y se resuelven en la sentencia el ordinario laboral y la reconvención laboral
Art. 330 CT
CUÁLES SON LAS FORMAS ANORMALES DE PONERLE FIN AL PROCESO
a. Por el demandado contestación afirmativa
b. Por el demandante desestimiento
c. Para ambos la conciliación
QUÉ PASA SI EL DEMANDADO CONTESTA EN SENTIDO AFIRMATIVO
El demandado acepta la pretensión, el juez emite resolución y finaliza el juicio: existen dos opciones:
a. si cumple se archiva el proceso
b. no cumple se tramita por la vía ejecutiva
Art. 340 CT
QUÉ ES EL ALLANAMIENTO
Es una declaración en la cual el demandado renuncia a las pretensiones del demandante, en este caso el juez debe resolver en sentencia como considere pertinete
QUÉ ES LA CONCILIACIÓN
Consiste en que ambas partes se pongan de acuerdo en cuanto a la litis, la conciliación puede ser individual o colectiva
QUÉ ES EL DESISTIMIENTO
Es la renuncia procesal de los derechos o pretensiones por parte del actor
QUÉ DERECHOS PUEDE O NO RENUNCIAR EL DEMANDANTE EN LA CONCILIACIÓN
No puede renunciar a los derechos mínimos establecidos en la ley como una indemnización justa en caso de despido injustificado, al bono 14, al aguilando, a sus vacaciones
Puede negociar con la forma de pago de sus derechos irrenunciables y de sus prestaciones
CUÁLES SON LAS CLASES DE CONCILIACIÓN
a. Administrativa: se realiza ante la inspección de trabajo
b. Judicial: se realiza ante el juez
c. Extrajudicial: se realiza sin necesidad de asistir ante la autoridad
d. Con terceros: se realiza ante un amigable componedor
CUÁL ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA LA CONCILIACIÓN
No existe momento oportuno pueda darse en cualquier fase hasta antes de la ejecución de la sentencia porque puede el patrono acudir ante el juez debido a que tiene problemas económicos por lo que el juez autoriza nueva conciliación
SEGÚN LA LEY CUALES SON LOS MOMENTOS DE CONCIALICIÓN
a. Art. 340 En la contestación de la demanda el juez procurara a las partes formulas de conciliación
b. Art. 344 Antes de recibir las pruebas
CUÁLES SON LOS EFECTOS DE CONCILIACIÓN
a. Total: se suscribe un convenio que es aprobado por el juez por medio de una resolución, esto para darle carácter de resolución judicial, sino cumple se tramita por la vía ejecutiva
b. Parcial: se suscribe un convenio igual que en la conciliación total y continúa el proceso en cuanto a lo no conciliado
QUÉ TRÁMITE SIGUE EL JUEZ SI NO HAY ADVENIMIENTO EN LA CONCILIACIÓN
Inmediatamente recibe las pruebas ofrecidas; serán rechazadas las que no fueron ofrecidas en la demanda o en la contra demanda así como las impertinentes o contra derecho
Art. 344
QUÉ PASA SI EL JUEZ NO ACEPTA MEDIOS DE PRUEBA
La parte que presento la prueba no aceptada la protesta para poder la diligenciar en segunda instancia
Art. 369 CT
CUÁLES SON LAS FACES DE LA PRUEBA
a. ofrecimiento: en la demanda o contra demanda
b. proposición: debe entenderse la presentación
c. diligenciamiento: el demandante debe mostrar el documento a la parte, pero no lo da de manera directa, sino que por medio del juez
d. Valoración: es darle un grado de certeza o falsedad a la prueba
PUEDE ALGUNA DE LAS PARTES RENUNCIAR A LA PRESENTACIÓN DE LAS PRUEBAS
Si puede RENUNCIA A SU DERECHO (Art. 19 LOJ), el juez dará audiencia a la contra parte para que se manifiesten debido a los principios de universalización y despersonalisación de la prueba
QUÉ PRINCIPIOS SE DEBEN OBSERVAR EN EL DILIGENCIAMIENTO DE LA PRUEBA
a. Principio de despersonalización: consiste en que la prueba pasa a ser parte del proceso;
b. Principio de universalización: la prueba al pasar a ser parte del proceso puede ser usada por ambas partes
AL MOMENTO DE DILIGENCIAR LA PRUEBA POR PARTE DEL JUEZ QUE PROCEDE
El juez señala nuevo comparendo dentro del plazo de 15 días y si existe necesidad señala tercer comparendo dentro del plazo de 8 días
PUEDE PRACTICAR EL JUEZ O TRIBUNAL DILIGENICIAS PARA MEJOR PROVEER
Los jueces y tribunales de trabajo están facultados para practicar diligencia para mejor proveer por una sola vez antes de dictar sentencia, de oficio o instancia de parte, para contar con mejores elementos para dictar sentencia, el plazo no excederá de diez días
Art. 357 CT
CUÁNDO DICTA SENTENCIA EL DEMANDADO NO SE PRESENTA Y ESTA DEBIDAMENTE NOTIFICADO A PRESENTAR DECLARACIÓN JUDICIAL
Confesión Ficta: es cuando el demandado no comparece a la primera audiencia sin justificación para prestar confesión judicial, el juez dictará sentencia dentro de las 48 horas de celebrada la audiencia
Art. 358 CT
CUÁNDO EL DEMANDADO SE ALLANA O EN LA CONCILIACIÓN ACEPTA PLARCIALMENTE LA PRETENCIÓN COMO DICTA SENTENCIA EL JUEZ
En ambos casos dicta una resolución queda terminado el juicio, existen dos alternativas:
a. si el demandado cumple se archiva el caso
b. si el demandado no cumple se tramita por la vía ejecutiva
QUE PRINCIPIO DEBE CUMPLIRSE CON LA SENTENCIA
El principio de congruencia es en el que el juez debe emitir su sentencia de acuerdo al sentido y alcance de la pretensión formulada.
El Art. 364 indica que: las sentencias se dictarán en forma clara y precisa, haciéndose en esta las declaraciones que procedan y sean congruentes con la demanda
EN QUÉ CASOS PROCEDE LA EJECUCIÓN
a. Sentencia
b. Prestaciones reconocidas en la secuela del juicio (dentro del juicio)
c. Allanamiento
d. Conciliación
e. Prestaciones de Art. 101: créditos por salarios no pagados o las indemnizaciones que los trabajadores tengan derecho, por terminación de sus contratos de trabajo...una vez hayan sido reconocidos por los Tribunales de Trabajo y Previsión Social
f. Resoluciones firmes impuestas por el IGT Art. 269.2
g. Actos como arreglos directos y conciliatorios aprovados por la IGT
CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN
a. Juez practica la liquidación dentro de 3 días
b. Notifica la liquidación dentro de los 6 días
c. Mandamiento de ejecución
e. Requerimiento de pago, si no paga dentro de 3 días después de notificado
f. Embargo de bienes si no paga y se nombra depositario
g. Sino paga dentro de los 3 días se da orden de remate
h. dentro de 10 días se remata los bienes, no hay publicación solo que el interesado lo desee y pagara por ella
Arts. 425 al 428 CT
QUÉ PROCEDIMIENTO SE SIGUE SI EL EJECUTADO NO PAGA
a. Requerimiento de pago, si no paga dentro de 3 días después de notificado
b. Embargo de bienes si no paga y se nombra depositario
c. Sino paga dentro de los 3 días se da orden de remate
d. dentro de 10 días se remata los bienes, no hay publicación solo que el interesado lo desee y pagara por ella
Arts. 425 al 428 CT
APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO CIVIL Y MERCANTIL
Después del remate, se realiza la orden de pago dentro de los 8 días siguientes a este, el juez ordena al ejecutado dentro de los 5 días a efectuar la escritura traslativa de dominio o, otorga la escritura en rebeldía, dentro de los 10 días entrega el bien
QUÉ RECURSOS SE PUEDEN INTERPONER EN EL PROCESO ORDINARIO LABORAL
a. Revocatoria
b. Nulidad
c. Aclaración y ampliación
d. Responsabilidad
e. Rectificación
CONTRA QUÉ SE INTERPONE EL RECURSO DE REVOCATORIA
Contra las resoluciones que no son definitivas
Art. 365 1er. párrafo, CT
EN QUÉ MOMENTO SE INTERPONE
a. En la resolución dictada en audiencia en forma oral en el mismo momento y el juez resuelve
b. En la resolución dictada por el tribunal sin la presencia de las partes, 24 horas después de la notificación, resuelve en 3 días
Art. 356 1er. párrafo, CT
CONTRA QUÉ SE INTERPONE EL RECURSO DE NULIDAD
Contra los actos y procedimientos en que se infrinja la ley cuando no proceda el recurso de apelación. Se interpone dentro del 3er día de conocida la infracción, que se presumirá conocida inmediatamente cuando se hubiera verificado en audiencia o diligencia y a partir dela notificación de los demás casos
Art. 365 2do párrafo, CT
EN DÓNDE SE INTERPONE EL RECURSO DE NULIDAD
Ante el tribunal que infringió el procedimiento. El tribunal le dará tramite inmediatamente dando audiencia a la contra parte dentro de 24 horas, con o sin contestación de la contra parte resolverá en 24 horas
Art. 365 3er. párrafo, CT
QUE RECURSO SE INTERPONE CONTRA EL AUTO QUE RESUELVE EL RECURSO DE NULIDAD RESUELTO EN PRIMERA INSTANCIA
Recurso de apelación, este es un tramite especial específico contra la resolución del recurso de nulidad, se interpone dentro de las 24 horas de su notificación y se resuelve dentro de los 3 días siguientes a recibida la notificación
Art. 365 penúltimo párrafo inciso b), CT
QUE RECURSOS SE INTERPONEN CONTRA LA SENTENCIAS O AUTOS QUE PONEN FIN AL JUICIO
a. Recursos de aclaración y apelación
b. Recurso de apelación
Art. 365 penúltimo párrafo, CT
CUÁNDO SE INTERPONE LOS RECURSOS DE AMPLIACIÓN Y ACLARACIÓN
Se interpone 24 horas después de notificado el fallo:
a. el de ampliación contra los términos del fallo que estén obscuros, ambiguos o contradictorios, y
b. el de ampliación cuando el fallo haya omitido alguno o algunos puntos sometidos ajuicio
Art. 365 penúltimo párrafo inciso a), CT
CUÁNDO SE INTERPONE EL RECURSO DE APELACIÓN
En el tercer día de notificado el fallo ante el mismo órgano que lo emitió quien lo evaluará y elevará con autos a la Sala de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social
Art. 367 CT
CUÁNDO RESUELVE LA SALA DE APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Al recibir los autos, dará audiencia en 48 horas al recurrente para que manifieste su inconformidad, vencido el término señalará vista en 5 días y dictará sentencia dentro de 5 días
Art. 368 CT
QUE EFECTOS TIENE EL RECURSO DE APELACIÓN
a. Efectos suspensivos contra la sentencia y auto que pone fin al juicio, y,
b. No tiene efectos cuando se interpone contra cualquier otra resolución que sea apelable, pero adquiere los efectos si al momento de dictar sentencia no estuviera resuelta la apelación
Art. 365 2do. párrafo, CT
ESTÁ FACULTADO LA SALA DE APELACIONES PARA PROMOVER DILIGENCIAS PARA MEJOR FALLAR
Está facultado para promover diligencia para mejor fallar
Art. 370 CT
CÓMO SE DILIGENCIA LA PRUEBA QUE NO FUE RECIBIDA EN AUDIENCIA
Dentro de las 48 horas el recurrente solicitará que se practique alguna prueba que hubiere consignado en protesta; el tribunal notificará a las partes y señalará audiencia para la recepción de prueba en 10 días, practicada la prueba o vencido el termino, dictará sentencia en termino no menor de 5 ni mayor de 10 días
Art. 369 CT
QUE RECURSOS CABEN CONTRA LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
(PREGUNTA DE EXAMEN PRIVADO)
Únicamente caben los recursos de aclaración y ampliación (no se puede plantear casación)
Art. 373 CT
ARTS. IMPORTANTES DEL JUICIO ORDINARIO
- Art. 321 Juicio Ordinario, parte general
- Art. 332 Demanda
- Art. 344 Pruebas
- Art. 358 Sentencia
- Art. 365 Recursos
- Art. 425 Ejecución de sentencia