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EFICIENCIA
es utilizar de mejor manera los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios prestados por la seguridad social sean de forma adecuada.
UNIVERSALIDAD
Es garantizar la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida.
SOLIDARIDAD
mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil.
INTEGRALIDAD
cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población
UNIDAD
Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social.
PARTICIPACIÓN
Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones
IGUALDAD
garantizar El acceso a la Seguridad Social en Salud sin discriminación a los colombianos, por razones de cultura, sexo, raza, origen nacional, orientación sexual, religión, edad o capacidad económica.
OBLIGATORIEDAD
La afiliación al SGSSS es obligatoria para todos los residentes en Colombia.
PRELEVANCIA DE DERECHOS
Es obligación de la familia, el Estado y la sociedad en materia de salud, cuidar, proteger y asistir a las mujeres en estado de embarazo y en edad reproductiva, a los niños, las niñas y adolescentes, para garantizar su vida, su salud, su integridad física y moral y su desarrollo armónico e integral.
ENFOQUE DIFERENCIAL
reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, raza, etnia, condición de discapacidad y víctimas de la violencia para las cuales el SGSSS ofrecerá especiales garantías y esfuerzos encaminados a la eliminación de las situaciones de discriminación y marginación.
EQUIDAD
El SGSSS debe garantizar el acceso al Plan de Beneficios a los afiliados, independientemente de su capacidad de pago y condiciones particulares, evitando que prestaciones individuales no pertinentes de acuerdo con criterios técnicos y científicos pongan en riesgo los recursos necesarios para la atención del resto de la
población.
CALIDAD
Los servicios de salud deberán atender las condiciones del paciente de acuerdo con la evidencia científica, provistos de forma integral, segura y oportuna, mediante una atención humanizada.
PROGRESIVIDAD
Es la gradualidad en la actualización de las
prestaciones incluidas en el Plan de Beneficios
LIBRE ESCOGENCIA
El SGSSS asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las Entidades EPS-IPS.
SOSTENIBILIDAD
Las prestaciones que reconoce el sistema se
financiarán con los recursos destinados por la ley para tal fin, los cuales
deberán tener un flujo ágil y expedito
TRANSPARENCIA
Las condiciones de prestación de los servicios, la
relación entre los distintos actores del SGSSS y la definición de políticas en materia de salud, deberán ser públicas,
claras y visibles.
Descentralización administrativa
En la organización del SGSSS la gestión será descentralizada y de ella harán parte las direcciones territoriales de salud
Complementariedad y concurrencia
Se propiciará que los actores del sistema en los distintos niveles territoriales se complementen con acciones y recursos en el logro de los fines del SGSSS.
Corresponsabilidad
Toda persona debe propender por su autocuidado, por el cuidado de la salud de su familia y de la comunidad, un ambiente sano, el uso racional y adecuado de los recursos el SGSSS y cumplir con los deberes de solidaridad, participación y colaboración. Las instituciones públicas y privadas promoverán la apropiación y el cumplimiento de este principio.
Irrenunciabilidad
El derecho a la Seguridad Social en Salud es irrenunciable, no puede renunciarse a él ni total ni parcialmente.
Intersectorialidad
Es la acción conjunta y coordinada de los diferentes sectores y organizaciones que de manera directa o indirecta, en forma integrada y continua, afectan los determinantes y el estado de salud de la población.
Prevención
Es el enfoque de precaución que se aplica a la gestión del riesgo, a la evaluación de los procedimientos y la prestación de los servicios de salud.
Continuidad
Toda persona que habiendo ingresado al Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene vocación de permanencia y no debe, en principio, ser separado del mismo cuando esté en peligro su calidad de vida e integridad.
DISPONIBILIDAD
El Estado deberá garantizar la existencia de servicios y tecnologías e instituciones de salud, así como de programas de salud y personal médico y profesional competente.
ACEPTABILIDAD
Los diferentes agentes del sistema deberán ser respetuosos de la ética médica así como de las diversas culturas de las personas, permitiendo la participacion de ellos en el sitema de salud . los establecimientos deberean prestar el servicio de salud para mejorar sus condiciones de salud bajo el respeto a la confidencialidad.
ACCESIBILIDAD
Los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad, dentro del respeto a las especificidades de los diversos grupos vulnerables y al pluralismo cultural. La accesibilidad comprende la no discriminación, la accesibilidad física, la asequibilidad económica y el acceso a la información
CALIDAD E IDONEIDAD PROFESIONAL
Los establecimientos, servicios y tecnologías de salud deberán estar centrados en el usuario, ser apropiados desde el punto de vista médico y técnico y responder a estándares de calidad aceptados por las comunidades científicas.
CONTINUIDAD
Las personas tienen derecho a recibir los servicios de salud de manera continua. Una vez la provisión de un servicio ha sido iniciada, este no podrá ser interrumpido por razones administrativas o económicas.
OPORTUNIDAD
La prestación de los servicios y tecnologías de salud deben proveerse sin dilaciones.
PREVALENCIA DE DERECHOS
El Estado debe implementar medidas concretas y específicas para garantizar la atención integral a niñas, niños y adolescentes. En cumplimiento de sus derechos prevalentes establecidos por la Constitución Política.
PROGRESIVIDAD DEL DERECHO
El Estado promoverá la correspondiente ampliación gradual y continua del acceso a los servicios y tecnologías de salud, la mejora en su prestación, la ampliación de capacidad instalada del sistema de salud y el mejoramiento del talento humano, así como la reducción gradual y continua de barreras culturales, económicas, geográficas, administrativas y tecnológicas que impidan el goce efectivo del derecho fundamental a la salud.
INTERCULTURABILIDAD
Es el respeto por las diferencias culturales existentes en el país y en el ámbito global, así como el esfuerzo deliberado por construir mecanismos que integren tales diferencias en la salud, en las condiciones de vida y en los servicios de atención integral de las enfermedades, a partir del reconocimiento de los saberes, prácticas y medios tradicionales, alternativos y complementarios para la recuperación de la salud en el ámbito global.
PROTECCION A LOS PUEBLOS INDIGENAS
Para los pueblos indígenas el Estado reconoce y garantiza el derecho fundamental a la salud integral, entendida según sus propias cosmovisiones y conceptos, que se desarrolla en el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI)
PROTECCION PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS ROM, NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS
se garantizará el derecho a la salud como fundamental y se aplicará de manera concertada con ellos, respetando sus costumbres.