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¿Que son las acciones reales?
Las acciones reales son los medios de defender en juicio la existencia, plenitud y libertad de los derechos reales contra ataques que impiden su ejercicio.
¿Que acciones reales admite el código?
Las acciones reales legisladas en este código son la reivindicatoria, la confesoria, la negatoria y la de deslinde.
¿Cuando prescriben las acciones reales?
Las acciones reales son imprescriptibles, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de prescripción adquisitiva.
¿Cual es la finalidad de la acción reivindicatoria?
La acción reivindicatoria tiene por finalidad defender la existencia del derecho real que se ejerce por la posesión y corresponde ante actos que producen el desapoderamiento.
¿Cual es la finalidad de la acción negatoria?
La acción negatoria tiene por finalidad defender la libertad del derecho real que se ejerce por la posesión y corresponde ante actos que constituyen una turbación, especialmente dada por la atribución indebida de una servidumbre u otro derecho inherente a la posesión.
¿Que finalidad tiene la acción confesatoria?
La acción confesoria tiene por finalidad defender la plenitud del derecho real y corresponde ante actos que impiden ejercer una servidumbre u otro derecho inherente a la posesión.
¿Tienen acción real los titulares de D de hipoteca?
Si, las acciones reales competen también a los titulares del derecho de hipoteca sobre los inmuebles cuyos titulares han sido desposeídos o turbados o impedidos de ejercer los derechos inherentes a la posesión.
¿Que se necesita para que las acciones reales progresen al tiempo de la demanda? ¿Y al de la sentencia?
Para el progreso de las acciones reales la titularidad del derecho debe existir al tiempo de la demanda y subsistir al tiempo de la sentencia.
¿Puede el actor exigir una indemnización por daño?
Si, pero el actor deberá optar por demandar el restablecimiento del derecho real u obtener la indemnización sustitutiva del daño.
Si opta por el restablecimiento de su derecho, puede reclamar el resarcimiento complementario del daño.
¿Que derecho pierde el actor si opta por la indemnización sustitutiva del daño?
Si opta por obtener la indemnización sustitutiva del daño, pierde el derecho a ejercer la acción real.
¿Que pasa si se dirige una acción real entre un cotitular de un derecho contra otro? ¿Y si es de un cotitular contra un tercero?
Cuando la acción se dirige contra los cotitulares siempre lo es en la medida de la parte indivisa.
Cuando se dirige contra terceros puede tener por objeto la totalidad o una parte material de la cosa, o puede reducirse a la medida de su parte indivisa.