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2 Art.1.2 ET ¿Quién tendrá la consideración de empresario a los efectos del ET?
Serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.
3 Art.1.4 ET ¿Qué legislación le será aplicable a un trabajador español contratado en España al servicio de empresas españolas en el extranjero?
Le será de aplicación la legislación española, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo.
4 Art.2.1 ET ¿Qué relaciones laborales tendrán la consideración de relaciones laborales de carácter especial?
a) La del personal de alta dirección no incluido en el artí**** 1.3.c) ET.
b) La del servicio del hogar familiar.
c) La de los penados en las instituciones penitenciarias.
d) La de los deportistas profesionales.
e) La de los artistas en espectá***** públicos.
f) La de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquellas.
g) La de los trabajadores con discapacidad que presten sus servicios en los centros especiales de empleo.
h) La de los estibadores portuarios que presten servicio a través de entidades de puesta a disposición de trabajadores a las empresas titulares de licencias del servicio portuario de manipulación de mercancías, siempre y cuando dichas entidades desarrollen su actividad exclusivamente en el ámbito portuario.
i) La de los menores sometidos a la ejecución de medidas de internamiento para el cumplimiento de su responsabilidad penal.
j) La de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
k) La de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
l) Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.

SE TRATA DE UNA PREGUNTA MUY LARGA, PERO SÍ PODRÍAN PREGUNTAR QUE SE INDICASEN 4 O 5.MEMORIZAR LAS MÁS CORTAS.
5 Art.3.1 ET ¿Cuáles son las fuentes del derecho del trabajo? No
Los derechos y obligaciones concernientes a la relación laboral se regulan:
a) Por las disposiciones legales y reglamentarias del Estado.
b) Por los convenios colectivos.
c) Por la voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo, siendo su objeto lícito y sin que en ningún caso puedan establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos antes expresados.
d) Por los usos y costumbres locales y profesionales.
7 Art. 3.3 ET ¿Qué deberán respetar y cómo se resolverán los conflictos originados entre los preceptos de dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas?
Deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario. Se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador apreciado en su conjunto, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables.
8 Art. 3.4 ET ¿Cuándo se aplicarán los usos y costumbres locales y profesionales en el Derecho del Trabajo?
Sólo se aplicarán en defecto de disposiciones legales, convencionales o contractuales, a no ser que cuenten con una recepción o remisión expresa.