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La Seguridad Pública es competencia exclusiva
del Estado
El mantenimiento de la Seguridad Pública se ejercerá por
las distintas Administraciones Públicas a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Son Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
a) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación.

b) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.

c) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ajustarán su actuación al principio de
cooperación recíproca
tienen el deber de prestar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el auxilio necesario en la investigación y persecución de los delitos en los términos previstos legalmente.
Todos
Las personas y entidades que ejerzan funciones de vigilancia, seguridad o custodia referidas a personal y bienes o servicios de titularidad pública o privada tienen
especial obligación de auxiliar o colaborar en todo momento con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Los Poderes Públicos promoverán las condiciones más favorables para una adecuada promoción
profesional, social y humana de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Los Poderes Públicos promoverán las condiciones más favorables para una adecuada promoción profesional, social y humana de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de acuerdo con los principios de
objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad.
En el ejercicio de sus funciones, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán a todos los efectos legales el carácter de
agentes de la autoridad
Cuando se cometa delito de atentado, empleando en su ejecución armas de fuego, explosivos u otros medios de agresión de análoga peligrosidad, que puedan poner en peligro grave la integridad física de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tendrán al efecto de su protección penal la consideración de
autoridad
Será la competente para conocer de los delitos que se cometan contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como de los cometidos por éstos en el ejercicio de sus funciones.
La jurisdicción ordinaria
El cumplimiento de la prisión preventiva y de las penas privativas de libertad por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se realizarán en establecimientos penitenciarios
ordinarios, con separación del resto de detenidos o presos.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ejercen sus funciones en todo el territorio nacional y están integradas por:
CNP Y GC.
Corresponde la administración general de la seguridad ciudadana y el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
MINISTERIO DEL INTERIOR.
f) Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, conforme a lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales sobre las Leyes, bajo la superior dirección del Ministro del Interior, CORRESPONDE A:
CNP
b) El resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. CORRESPONDE A:
GC
Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza. CORRESPONDE A:
GC
La investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga. CORRESPONDE A:
CNP
d) La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran. CORRESPONDE A:
GC.
El Cuerpo de la Guardia Civil se estructura jerárquicamente según:
los diferentes empleos
El Cuerpo de la Guardia Civil se estructura jerárquicamente según los diferentes empleos, de conformidad con su:
naturaleza militar.
Dispondrá todo lo concerniente a servicios de la Guardia Civil relacionados con la seguridad ciudadana y demás competencias atribuidas por esta Ley.
MINISTERIO DEL INTERIOR.
DISPONDRÁ SOBRE RETRIBUCIONES EN LA GC:
MINISTERIO DEL INTERIOR.
DISPONDRÁ SOBRE ASCENSOS EN LA GC:
MINISTERIO DE DEFENSA.
DISPONDRÁ SOBRE ACUARTELAMIENTOS EN LA GC.
MINISTERIO DEL INTERIOR.
DISPONDRÁ SOBRE MATERIAL EN LA GC.
MINISTERIO DEL INTERIOR.
DISPONDRÁ SOBRE FORMACIÓN EN LA GC:
CONJUNTAMENTE AMBOS MINISTERIOS.
DISPONDRÁ SOBRE ARMAMENTO EN LA GC:
CONJUNTAMENTE MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE DEFENSA.
El Ministerio del Interior dispondrá todo lo concerniente a
retribuciones, destinos, acuartelamientos y material
Conjuntamente, los Ministros de Defensa e Interior dispondrán todo lo referente a
selección, formación, perfeccionamiento, armamento y despliegue territorial
Propondrán al Director General de la Guardia Civil:
Conjuntamente, los Ministros de Defensa e Interior
ascensos y situaciones del personal corresponde a:
Ministerio de Defensa.
¿Podrán los Guardias Civiles ejercer el derecho de petición?
Sí, pero solo individualmente.
Los cuerpos de policía de las comunidades autónomas sólo podrán actuar en el ámbito territorial de la comunidad autónoma respectiva, salvo:
En situaciones de emergencia, previo requerimiento de las autoridades estatales.
Los municipios podrán crear cuerpos de policía propios, de acuerdo con lo previsto en:
-La presente ley,
-En la Ley de Bases de Régimen Local
-Y en la legislación autonómica.
Las policías locales sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo:
En situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.
En los municipios que tengan Cuerpo de Policía propio, podrá constituirse una:
Junta Local de Seguridad.
Junta Local de Seguridad, SERÁ PRESIDIDA, por:
ALCALDE, salvo que concurriera a sus sesiones el DELEGADO DEL GOBIERNO de la provincia, en cuyo caso, la presidencia será compartida con éste.
Dentro del Consejo de Política de Seguridad funcionará un Comité de Expertos integrado por:
Ocho representantes, cuatro del Estado y cuatro de las Comunidades Autónomas,
Para garantizar la coordinación entre las políticas de seguridad pública del Estado y de las Comunidades Autónomas se crea:
Consejo de Política de Seguridad
el Consejo de Política de Seguridad, estará presidido por:
MINISTRO DEL INTERIOR.
el Consejo de Política de Seguridad, que estará presidido por el Ministro del Interior e integrado por:
Consejeros de Interior o Gobernación de las Comunidades Autónomas y por un número igual de representantes del Estado designados por el Gobierno de la Nación.