• Barajar
    Activar
    Desactivar
  • Alphabetizar
    Activar
    Desactivar
  • Frente Primero
    Activar
    Desactivar
  • Ambos lados
    Activar
    Desactivar
  • Leer
    Activar
    Desactivar
Leyendo...
Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda

Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba

Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h

Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n

image

Boton play

image

Boton play

image

Progreso

1/34

Click para voltear

34 Cartas en este set

  • Frente
  • Atrás
¿Qué es la obligación alimentaria y qué art. del código civil lo prescribe?
Es el deber de brindar a otra persona los recursos indispensables para su subsistencia, Art 472
Alimentos en grecia
Obligación de padres e hijos recíprocamente, luego, reglamentó el derecho de la viuda a solicitar alimentos
Alimentos en Roma
Solo podían solicitarlos aquellos que estaban sometidos a la patria potestad, luego, se amplió a descendientes y emancipados
Alimentos en el derecho feudal
Entre el señor y su vasallo
Alimentos en el Derecho canónico
se extendió hacia obligaciones alimentarias extrafamiliares
¿Cuáles son las fuentes del derecho alimentario y en que consisten cada una de ellas?
Como contrato: una persona se obliga a proporcionar alimentos según los términos acordados.
A consecuencia de un acto ilícito: en sentido de una reparación a la víctima
Testamento: legado de alimentos hasta los 18 años o toda la vida si...
Ley: única fuente del derecho de familia, basta solo el nacimiento de una persona
¿Cuáles son las teorías sobre la naturaleza jurídica del derecho alimentario y en qué consisten?
Tesis patrimonialista: la obligación simplemente se cumple con el aporte económico sin ser necesario la preocupación por el cuidado del que los recibe
Tesis extrapatrimonial: es superior a lo económico, constituye un interés superior y familiar
Derecho mixto: es patrimonial por la cuota, pero también constituye de carácter no patrimonial por ser personal y constituir parte de los derechos fundamentales de la persona.
Caracteres del derecho alimentario
Público
Personalísimo
Imprescriptible
Irrenunciable
Incompensable
Recíproco
Dinámico y variable
¿Cuáles son las condiciones para que el juez imponga una pensión alimenticia?
- Un estado de necesidad de quien los pide
- Posibilidad económica del obligado
- Existencia de una norma que establezca la obligación
¿Cuáles son las personas con derecho a percibir alimentos entre sí?
Conyugues, ascendientes, descendientes y hermanos
¿Cuál es el fundamento del derecho alimentario del conyugue?
El deber de asistencia
¿Cuáles son las restricciones en los alimentos de los cónyuges?
- Abandono del hogar: cesa la obligación alimentario y el juez puede ordenar embargo en beneficio del abandonado.
- Por alguna causa de indignidad: solo podrá tener los estrictamente necesario para sobrevivir
¿Qué sucede con los alimentos si se suspende judicialmente la cohabitación?
Subsiste la obligación de alimentarse entre ellos e hijos
¿Qué puede hacer el cónyuge perjudicado mientras se tramita la separación o el divorcio?
Puede solicitar una medida cautelar de alimentos hasta que se fije el monto definitivo en la sentencia
¿En la separación convencional como quedan los alimentos?
Se debe anexar el convenio sobre el régimen alimentario
En cuanto al derecho alimentario de los hijos ¿Cuál es la diferencia si la patria potestad la ejerce un padre o los dos?
Si la ejercen los dos los alimentos tienen mucha más ventaja por el deber de asistencia, pero si solo la tiene uno se traduce en una simple pensión que es insuficiente.
¿Cómo se extiende el derecho alimentario en los hijos?
- De manera integral para hijos menores de 18 años tanto matrimoniales como extramatrimoniales reconocidos o declarados judicialmente
- Mayores de 18 en caso de no se encuentran en aptitud para su subsistencia (incapacidad) o cuando están estudiando con éxito hasta los 28 años
- Cuando caen en un estado de necesidad
¿En qué casos se restringe o recorta los alimentos a los hijos?
Causal de indignidad y cuando su miseria se debe a su propia inmoralidad (excepto si es su ascendiente)
¿En qué principios se basa el derecho de alimentos de los padres y otros ascendientes?
- Consanguinidad y adopción
- Estado de necesidad
* No es necesario que el padre haya prestado alimentos previamente, solo es una exigencia moral.
Alimentos en los padres extramatrimoniales
- Reconocimiento de un hijo mayor no le da derecho a alimento o herencia, salvo que haya posesión constante de estado o consentimiento
- La sentencia que declara filiación extramatrimonial no da derecho a alimentos
- No tiene derecho alimentario el presunto padre del hijo que nunca reconoció
- Pensión estrictamente necesario si el padre incurre en una causal de indignidad
- No hay reducción si la causa que lo redujo a la miseria fue su propia inmoralidad
En que se funda el derecho alimentario entre hermanos
En el parentesco por consaguinidad
Como se extiende el derecho alimentario entre hermanos
Si es mayor de edad todo lo necesario para su sustento, vestido, habitación y asistencia médica; si es menor, también incluye educación, instrucción, capacitación laboral y recreación.
¿Cuáles son los casos de alimentos entre extraños?
- En la declaración judicial de paternidad la madre soltera tiene derecho a los alimentos 60 días antes y 60 posteriores al parto y el pago de los gastos del embarazo.
- De quienes vivieron en la casa del causante: quienes hayan vivido por cuenta de él pueden exigir que se continúen los beneficios durante tres meses.
- Concubinato: el juez puede conceder una indemnización o pensión al abandonado
¿Qué se hace cuando concurren acreedores de un mismo obligado?
Se recurre al prorrateo por el cual se distribuye en cuotas en favor de cada uno de los alimentistas
SI el alimentista puede accionar contra varios deudores ¿Cuál es el orden para accionar?
1. Cónyuge
2. Descendientes
3. Ascendientes
4. Hermanos

Sin embargo, cuando se trata de menores de edad y en ausencia de los padres se sigue el orden siguiente:
1. Hermanos mayores de edad
2. Abuelos
3. Parientes colaterales hasta el tercer grado
4. Otros responsables del menor
Requisitos para continuar la prelación u orden en la obligación alimentaria
- Qué el anterior haya fallecido o que no se encuentre en la posibilidad económica para brindarlo
¿Cuáles son las reglas para la fijación de la pensión de alimentos?
- Estado de necesidad del alimentista
- Posibilidad del obligado
* El trabajo domestico también se considera como aporte alimentario
Cuándo se incrementa o reduce la pensión
Según las variaciones que presenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del obligado
En qué casos se exonera la pensión de alimentos
- Si disminuyen los ingresos del obligado: peligro de subsistencia
- Pensión de alimentos por resolución judicial: cuando el alimentista cumple la mayoría de edad; sin embargo, continúa cuando existe incapacidad o el hijo sigue estudiando hasta los 28 años
Requisito para demandar la variación de los alimentos
Estar al día en el pago de la pensión alimenticia
¿De qué manera se pueden prestar alimentos?
Especie, dinero, otra forma excepcionalmente
¿Quiénes pueden pedir asignación anticipada de alimentos?
Ascendientes, el cónyuge, hijos menores con indubitable relación (incluso de oficio) o por hijos mayores de edad.
¿Cuándo se extingue la obligación alimentaria?
Muerte del alimentista o muerte del obligado
¿Cuáles son las garantías para el cumplimiento de la pensión?
- Registro del deudor alimentario moroso
- Prohibición de ausentarse del país
- Reforma en peor si el obligado apela
- Informe sobre las remuneraciones en su centro de trabajo
- Delito...