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CONCEPTO DE DERECHO MERCANTIL
Conjunto de reglas, normas y leyes que rigen las relaciones de los comerciantes.
RELACIÓN ENTRE EL DERECHO MERCANTIL Y EL DERECHO PRIVADO
Forma parte de él, éste incluye la mayoría de las normas que vinculan a los comerciantes con el desarrollo de sus labores.
¿QUÉ RELACIÓN PUEDE EXISTIR ENTRE EL DERECHO MERCANTIL Y EL DERECHO PÚBLICO?
Ambos establecen reglas de conducta que tienden a lograr la convivencia humana dentro del orden, la seguridad y la justicia.
CONCEPTO DE FUENTE
Acto o hecho del cual emana la norma jurídica
FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL
Ley, Costumbre y Jurisprudencia
FUENTES DEL DERECHO PRIVADO (REALES, HISTÓRICAS Y FORMALES)
HISTORICAS: documentos, leyes e instituciones del pasado que sirven de base para la redacción de nuevas leyes
FORMALES: Son los medios o formas utilizados para la creación de las normas jurídicas
REALES: son todos aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación del derecho
CONCEPTO DE LEGISLACIÓN
Forma jurídica que emana del poder legislativo, para regular la conducta humana, es una regla que reúne todas las causas o circunstancias y todas las condiciones previstas por la ley para su aplicación
EJEMPLOS DE LEGISLACIÓN MERCANTIL
Código de Comercio.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Ley General de Sociedades Mercantiles, etc.
Ley General de Sociedades Mercantiles
LEYES SUPLETORIAS
Existen más de un centenar de leyes aplicables en materia mercantil en sus diversas áreas, tales como: la Ley Monetaria de los EE.UU.MM., Ley de Instituciones de Crédito, Ley sobre el Contrato de Seguro, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley de Navegación y Comercio Marítimos, Ley de Fomento y Protección de la Propiedad, Ley de Inversión Extranjera, Ley Federal de Protección al Consumidor…
JURISPRUDENCIA
Las reiteradas interpretaciones que de las normas jurídicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones
¿PODRÍA ESTAR VINCULADO EL DERECHO MERCANTIL CON OTRAS DISCIPLINAS JURÍDICAS COMO EL DERECHO CONSTITUCIONAL, LABORAL Y FISCAL?
no tan solo podría estar vinculado con otras disciplinas jurídicas, la Constitución como carta magna establece derechos y obligaciones que debemos cumplir y hacer cumplir, por lo que como de esta emanan todas las leyes y reglamentos que rigen y gobiernan nuestro país, por supuesto que existe una relación
SUPLETORIEDAD EN LA MATERIA MERCANTIL
En materia de comercio los usos y la costumbre son supletorios de la ley mercantil.
PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO
Enunciados normativos más generales que, sin haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de un procedimiento formal, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos
COSTUMBRE, DOCTRINA Y FEDERALIZACIÓN
COSTUMBRE: Son normas de conducta con fuerza vinculante y se recurre a él cuando no existe ley aplicable a un hecho
DOCTRINA: opinión de los juristas prestigiosos sobre una materia concreta que surge principalmente de las universidades que estudian el Derecho vigente y lo interpretan dentro de la Ciencia del Derecho. No tiene fuerza obligatoria y no se reconoce como fuente oficial del Derecho en la mayoría de sistemas jurídicos
FEDERALIZACIÓN: las distintas partes en que se divide el territorio de un Estado que no se gobiernan de manera homogénea sino como entidades autónomas con una coordinación fundada en el Estado