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¿Qué es el hecho imponible?
Conjunto de circunstancias descritas en las leyes reguladoras de los tributos. La consecuencia de la realización del hecho imponible es la obligación tributaria.
¿Cuáles podrían ser algunos ejemplos de hechos imponibles?
- IRPF (Obtención de renta por el contribuyente
- ISD (Herencia o donación
- IBI (titularidad de derechos de superficie, de usufructo y de propiedad)
- Impuesto sobre estancias turísticas en las IB (estancias en hoteles, apartamentos turísticos...)
¿Cómo se estructura el hecho imponible?
- Elemento objetivo
- Elemento subjetivo
- Elemento temporal
¿Qué es el elemento objetivo?
Hechos/actos contemplados en las leyes y cuya realización origina la exigibilidad de la obligación tributaria.
¿Qué es el elemento subjetivo?
protagonistas de los hechos/actos.
¿Qué es el elemento temporal?
Periodo temporal en que se entiende realizado el hecho/acto. Puede ser continuado (periódico) o de un instante concreto (instantáneo)
¿Qué es el devengo?
Cuando el hecho imponible es instantáneo, el devengo se establece en algún momento de la realización del hecho.
Si es periódico, lo primero es determinar el ámbito temporal de lo hechos (periodo impositivo), luego se determina cuándo ha finalizado el hecho imponible.
¿Qué es la exención?
Es el hecho de que a pesar de realizarse el hecho imponible, la ley exime el cumplimiento de la obligación. (Solo puede eximirse mediante rango de ley)
Clasificación de exenciones
En función de DESTINATARIOS (Subjetivas, objetivas y mixtas) ALCANCE CUANTITATIVO (Totales y parciales)
SU FINALIDAD (Fiscales y extrafiscales) EFICACIA (Automáticas y rogadas
¿Qué es la no sujeción?
Supuestos que no forman parte del hecho imponible y no general la obligación tributaria.