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Artí**** 19\o.
Derechos de las personas sujetas a detención; derechos procesales; derecho a la integridad personal.
Artí**** 15\o.
derecho a la no extradición a países en donde se alteren las garantías y derechos previstos en la Constitución.
Artí**** 11.
Libertad de tránsito.
Artí**** 35\o.
Derechos políticos, ejercicio de petición y derecho de participar en la defensa de la nación.
Artí**** 27\o.
Derecho de propiedad.
Procuraduría Federal del consumidor 1976.
surge como organismo descentralizado de servicio social, personalidad jurídica y patrimonio propios con funciones de autoridad administrativa encargada de promover y proteger los intereses del público consumidor.
Artí**** 30\o.
Derecho a la nacionalidad.
Artí**** 9/o.
Libertad de Asociación y reunión.
Artí**** 10\o.
Derecho a poseer armas.
Procuraduría de los vecinos de la ciudad de Colima 1983.
El procurador de vecinos era designado por el Cabildo, a propuesta del presidente municipal, con las atribuciones de recibir e investigar en forma expedita las quejas, reclamaciones y proposiciones que presentarán los afectados por las actividades de la administración pública local.
Artí**** 14.
Derecho a la vida, a la libertad, a la no privación de las propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales competentes; garantía de legalidad y derecho a la no aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de persona alguna.
Defensoría de los derechos universitarios (U.N.A.M.) 1985.
Fue establecido en la Universidad Nacional autónoma de México, por el entonces rector. JORGE CARPIZO, con el fin de investigar las quejas de los integrantes de la comunidad universitaria, órgano de carácter independiente, con la finalidad esencial de recibir las reclamaciones individuales de estudiantes y personal académico de la Universidad Autónoma de México, por la afectación de los derechos que les otorga la legislación universitaria.
Artí**** 1\o.
Derecho a la igualdad, prohibición de la esclavitud y principio de no discriminación.
Artí**** 4\o.
Derecho a la igualdad entre hombres y mujeres; derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos; derecho a la protección de la salud; derecho a un medio ambiente adecuado; derecho a una vivienda digna y decorosa y derechos de la niñez.
Artí**** 29.
Dispone que los casos de invacion, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las secretarías de Estado y la Procuraduría general de la República con la aprobacion del Congreso de la Unión o de la Comisión permanente cuando aquel no estuviste reunido, podrá restringir o suspender el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstá**** para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación.
Artí**** 123.
Derecho al trabajo; libertad sindical y previsión social.
Artí**** 22.
En este artí**** se prohíbe las penas de muerte, de mutilación, la infamia, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualquiera otras penas inusitada y trascendentales y que toda pena debera ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.
La autoridad administrativa.
A esta autoridad compete la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa, arresto hasta por 36 horas o en trabajo a favor de la comunidad.
Derecho a la vida.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano de disfrutar del ciclo que inicia con la concepción y termina con la muerte, sin que sea interrumpido por algún agente externo.
Artí**** 2\o.
Derechos de los pueblos indígenas y diversidad cultural.
Derecho a la igualdad.
Es la prerrogativa que se le reconoce a todas las personas para disfrutar de los derechos establecidos y protegidos por la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, en condociones de igualdad, atendiendo a sus circunstancias particulares, evitando todo tipo de discriminación motivada por origen étnico o Nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, etc.
Artí**** 130.
Derecho de Asociación, en particular, en materia religiosa.
Artí**** 12.
Derecho de igualdad social.
Artí**** 24.
Libertad religiosa.
Artí**** 39.
Derecho a decidir la forma de Gobierno.
Artí**** 25.
Garantía de que el Desarrollo Nacional sea integral y sustentable y permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.
Artí**** 21.
Derecho de seguridad jurídica.
Procuraduría de los pobres de San Luis Potosi en 1847.
Tiene su origen con la figura de los fiscales y procuradores de la antigua legislación i Diana, bajo las ideas del ilustre liberal son Ponciano Arriaga y tenía facultades de investigacion, caracterizada por su imparcialidad para evitar que su actuación estuviera bajo la presión de influencias de carácter político.
Derecho a la protección de la salud.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a disfrutar de bienestar físico y mental, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, prolongación y mejoramiento de la calidad de vida humana, accediendo a los servicios de salud y asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población.
Derecho a la propiedad y posesión.
Es la prerrogativa que tiene toda persona a la disposición, uso y goce de bienes muebles, inmuebles o derivadas de una creación artística o un invento industrial, sin interrupciones o privaciones no autorizadas por el ordenamiento jurídico.
Artí**** 20.
Derechos de las personas imputadas y de las víctimas u ofendidos.
Derecho de petición.
Es la prerrogativa que tiene toda persona para realizar una solicitud y/o presentar una protesta de manera pacífica y respetuosa de cualquier índole.
Derecho a la privacidad.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a que no sean conocidos ni dados a conocer por terceros, hechos, circunstancias o cualquier información personal, sin su consentimiento, siempre que no daba ser de dominio público conforme a la ley, este derecho incluye el respeto a la intimidad, a la vida familiar, a la privacidad del domicilio y al de correspondencia.
Artí**** 103 y 107.
Derecho a juicio de amparo.
Artí**** 26.
Derecho a la participación social en el desarrollo Nacional.
Artí**** 17.
Derecho a la administración de justicia.
Artí**** 7.
Derecho a la libertad de imprenta.
Artí**** 18.
Derechos de las y los sentenciados en los centros penitenciarios.
Facultades y obligaciones de los visitadores generales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Iniciar a petición la investigación de las quejas a inconformidades que le sean presentadas o de oficio, discrecionalmente aquellas sobre denuncias de violación a los derechos humanos que aparezcan en los medios de comunicación.
Facultades y obligaciones de los visitadores generales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Recibir, admitir o rechazar las quejas a inconformidades presentadas por los afectados, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión Nacional.
Artí**** 27.
Establece el derecho de propiedad de tierras, en donde la nación tiene el derecho de transmitir el derecho de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Artí**** 16.
Establece que cualquier persona puede detener al indicado en el momento en que está cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido poniendo lo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y está con la misma prontitud a las del Ministerio público, por lo que las actividades que desarrolla el Ejército y fuerza aérea para combatir estos flagelos, se fundamentan principalmente en este precepto Constitucional.
Artí**** 5.
Derecho a la libertad de profesión y de trabajo.
Delincuencia organizada.
Este ilícito se presenta cuando 3 o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por si o Unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer algún o alguno de los delitos (Terrorismo, contra la salud, acopio y tráfico de armas, tráfico de indocumentados) y que serán sancionadas por ese sólo hecho.
Derecho a la legalidad.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a que los actos de la administración pública, así como de la procuración y de la administración de justicia, se realicen con apego a lo establecido por el orden jurídico, a efecto de evitar que se produzcan perjuicios indebidos en contra de sus titulares.
Artí**** 22.
Prohibición de aplicar castigos que atenten contra la integridad física de las personas.
Artí**** 6.
Derecho a la libertad de expresión y derecho a la información.
Dirección para la defensa de los Derechos Humanos del estado de nuevoleon 1978.
Se crea mediante la iniciativa del gobernador Pedro G. Zorrilla Martínez, si bien esta dirección no contemplaba todas las características que la doctrina atribuye al ombudsman, puede considerarse como el primer precedente legislativo de esta institución en nuestro país y estaba facultada para llevar acabo la investigación de las quejas y reclamaciones de los gobernados contra las autoridades.
Derecho a la libertad.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano de realizar u omitir cualquier conducta, sin más restricciones que las establecidas por el derecho, sin coacción, ni subordinación.
Artí**** 28.
Derecho de protección del consumidor contra actividades monopolizar e igualdad en obligaciones fiscales.
Artí**** 16.
Derecho a la seguridad jurídica y libertad personal.
Artí**** 13.
Derecho de igualdad ante la ley a no ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.
Artí**** 3.
Derecho a la educación.
Artí**** 23.
Garantías procesales e imposibilidad de que existan más de tres instancias.
Artí**** 8.
Derecho de petición.
Procuraduría para la defensa de los indígenas del estado de Oaxaca 1986.
Se creo esta Procuraduría para la defensa de los indígenas, organizada por regiones para atender las quejas de los diversos grupos de indígenas de ese estado.
Dirección general de derechos humanos de la Secretaría de Gobernación 1976.
La ley orgánica de la administración pública Federal en el artí**** 27 fracción IV establecía que la Secretaría de Gobernación tenía la atribución de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales y dictar las medidas administrativas que requiere ese cumplimiento.
Dirección general de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación 1976.
Esta tenía la atribución de la atención, la orientación, la consultoría y la operatividad para brindar auxilio, así como la capacitación y normatividad sobre asuntos de violaciones a Derechos Humanos.
Dirección general de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación 1976.
Esta dirección procuraba la salvaguarda, promoción y aplicación de los derechos fundamentales reconocidos por nuestra carta Magna; es decir; la observación de los Derechos Humanos.
6 de julio de 1990.
Esta fecha se creo la Comisión Nacional de Derechos Humanos, como un organismo desconcertado de la Secretaría de Gobernación, con atribuciones más amplias, al poder intervenir con propuestas y en la vigilancia del cumplimiento de los Derechos Humanos.
28 de enero de 1992.
Esta fecha la Comisión Nacional de Derechos Humanos se elevó a rango Constitucional adicionando el apartado "B" al artí**** 102 de la carta Magna.
Procuraduría de los vecinos de la ciudad de Colima 1983.
Establecida por el Ayuntamiento municipal el 21 de noviembre cuya función fue la de recibir quejas ciudadanas e investigar sobre las mismas ante las autoridades municipales, es el primer antecedente de este tipo de organismo a nivel municipal.
Defensoría de los derechos de los vecinos de la ciudad de Querétaro 1988.
Establecida por el Ayuntamiento, con características similares a las del ombudsman sueco, en donde el nombramiento del defensor lo realizaba el Ayuntamiento de la ciudad, a propuesta del presidente municipal, tenía facultades para investigar las quejas sobre la actuación administrativa de las autoridades municipales.
Procuraduría del Distrito Federal 1989.
Se crea como un órgano desconcertado que atendía las quejas de los habitantes del Distrito Federal en asuntos administrativos relacionados con la prestación de servicios públicos.
29 de junio de 1992.
Esta fecha se promulgó la ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Objeto de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos...
la Comisión Nacional tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudió y divulgación de los Derechos Humanos que ampara el orden jurídico Mexicano.
13 de septiembre de 1999.
Esta fecha se publicó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos se constituyó como una institución con plena autonomía de gestión y presupuestaria, notificándose la denominación de Comisión Nacional de Derechos Humanos por la de Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Artí**** 20.
Establece que el proceso penal será acusatorio y oral; tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos , proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.
Artí**** 21.
Establece derechos relativos a la seguridad jurídica, en relación a la delimitación de funciones de las autoridades.
Derecho a la integridad y seguridad personal.
Es la prerrogativa que tiene toda persona a no sufrir actuaciones nocivas en su estructura corporal, sea fisonomíca, fisiológica o psicológica, o cualquier otra alteración en el organismo que deje huella temporal o permanente, que cause dolor o sufrimiento graves, con motivo de la ingerencia o actividad dolosa o culposa de un tercero.
Derecho a la conservación del medio ambiente.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a disfrutar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
Procuraduría social de la montaña y asuntos indígenas del estado de Guerrero 1987.
En este estado se estableció la procuraduria social de la montaña, encargada de la protección de los intereses de los indígenas, siendo un órgano coordinador de las actividades de otras dependencias del estado para proteger a los grupos étnicos de la entidad.
Procuraduría de protección ciudadana del estado de aguascalientes 1988.
Fue la primera institución estatal Mexicana bajo la inspiración del ombudsman sueco, siendo una verdadera inovacion en las instituciones jurídicas en México.
Derecho a la seguridad jurídica.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a vivir dentro de un Estado. de derecho, bajo la vigencia de un sistema jurídico normativo coherente y permanente, dotado de certeza y estabilidad, que defina los límites del poder público frente a los titulares de los derechos subjetivos, garantizado por el poder del estado, en sus diferentes esferas de ejercicio.
La autoridad judicial.
A esta autoridad corresponde la imposición de las penas, su modificación y duración.
Al Ministerio público.
A esta autoridad corresponde el ejercicio de la acción penal ante los tribunales.
Al Ministerio público y a las policías.
A estos corresponde la investigación de los delitos.
Rehabilitación y asistencia social.....
Las personas menores de 12 años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, sólo serán sujetos a ????
Sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda...
Tratándose de la Comisión de conductas antisociales calificadas como graves, cometidas por adolecentes mayores de 14 años de edad, el internamiento se utilizará como?????
Facultades y obligaciones de los visitadores generales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos...
Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las quejas que por su propia naturaleza así lo permitan.
Facultades y obligaciones de los visitadores generales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos...
Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendación o acuerdo que se someterán a consideración del presidente de la Comisión Nacional.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Formular las propuestas generales conducentes a una mejor protección de los Derechos Humanos en el país.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos...
Aprobar y emitir las recomendaciones públicas autónomas y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas por los visitadores.
Facultades y obligaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos...
Celebrar, en los términos de la legislación aplicable, acuerdos, bases de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y organismos de defensa de los Derechos Humanos, así como con instituciones académicas y asociaciones culturales, para el mejor cumplimiento de sus fines.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Presentar anualmente a los poderes de la Unión un informe de actividades.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Fórmulas los lineamientos generales a los que se sujetaran las actividades afmi narrativas de la Comisión, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión.
Facultades y obligaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Ejercer la representación legal de la Comisión Nacional.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Observancia, seguimiento, evaluación y monitores, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Proponer al Ejecutivo Federal, en los términos de la legislación aplicable, la suscripción de convenios. o acuetdos internacionales en materia de Derechos Humanos.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes, que impulsen el cumplimiento dentro del territorio Nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de Derechos Humanos.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Impulsar la observancia de los Derechos Humanos en el país.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Supervisar el respeto a los Derechos Humanos en el sistema penitenciario y de readaptación social del país.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de Derechos Humanos.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los Derechos Humanos en el ámbito Nacional e Internacional.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Conocer y decidir en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de Derechos Humanos de las entidades federativas.....
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado cuando la naturaleza del caso lo permita.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Fórmulas recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, en los términos establecidos en el artí**** 102 apartado "B" de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Investigar hechos que constituyan violaciones graves de Derechos Humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un Estado, al jefe de Gobierno del D.F. o las legislaturas de las entidades federativas.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Conocer e investigar de parte o de oficio, presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando los particulares o algún otro agente social cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Conocer e investigar de parte o de oficio, presuntas violaciones a los Derechos Humanos, por actos y omisiones de autoridades administrativas de carácter Federal.
Atribución de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Recibir quejas de presuntas violaciones de Derechos Humanos.
Quinta visitaduria.
Esta visita diría conocer a sobre asuntos relacionados con migrantes, periodistas y defensores civiles.
Cuarta visitaduria.
Esta visitaduria conocerá sobre asuntos en materia indígena.
Derecho al trato digno.
Es la prerrogativa que tiene todo ser humano a que se le permita hacer efectivas las condiciones jurídicas, materiales, de trato, acordes con las expectativas, en un mínimo de bienestar, generalmente aceptadas por los miembros de la especie humana y reconocidos por el orden jurídico.
Primera y segunda visitaduria.
Esta visitaduria conocerá sobre quejas de cualquier naturaleza jurídica.
Tercera visitaduria.
Esta visitaduria conocerá sobre quejas y presuntas violaciones en centros de reclusión.
12 de noviembre de 1992.
En esta fecha se creo el reglamento interior de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.