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Frente

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Los que lesionen los derechos y libertades susceptives de AMPARO CONSTITUCIONAL
NULOS DE PLENO DERECHO
Los dictados por órgano MANIFIESTAMENTE INCOMPETENTE por razón de la MATERIA o del TERRITORIO
NULOS DE PLENO DERECHO
Los que tengan UN CONTENIDO IMPOSIBLE.
NULOS DE PLENO DERECHO
Los que sean CONSTITUTIVOS DE INFRACCIÓN PENAL o SE DICTEN COMO CONSENCUENCIA DE ESTA.
NULOS DE PLENO DERECHO
Los dictados PRESCINDIENTO TOTAL Y ABSOLUTAMENTE DEL PROCEDIMIENTO LEGALMENTE ESTABLECIDO o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los ÓRGANOS COLEGIADOS.
NULOS DE PLENO DERECHO
Los actos EXPRESOS O PRESUNTOS CONTRARIOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO por los que se ADQUIEREN FACULTADES O DERECHOS CUANDO SE CAREZCA DE LOS REQUISITOS ESENCIALES PARA SU ADQUISIÓN
NULOS DE PLENO DERECHO
Vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de RANGO SUPERIOR
NULAS DE PLENO DERECHO LAS DISPOSICIONES ADMINSTRATIVAS.
Las que regulen MATERIAS RESERVAS A LA LEY
NULAS DE PLENO DERECHO LAS DISPOSICIONES ADMINSTRATIVAS.
Las que establezcan la RETROACTIVIDAD de disposiciones SANCIONADORAS NO FAVORABLES o RESTRICTIVAS DE DERECHOS INDIVIDUALES.
NULAS DE PLENO DERECHO LAS DISPOSICIONES ADMINSTRATIVAS.
Actos de la Administración que INCURRAN EN CUALQUIER INFRACCIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO
Anulabilidad o nulidad relativa
Desviación de poder
Anulabilidad o nulidad relativa
Defecto de FORMA
Solo determinará la ANULABILIDAD cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensalbes para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.
REALIZACIÓN DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS FUERA DEL TIEMPO ESTABLECIDO PARA ELLAS
Solo IMPLICARÁ LA ANULABILIDAD del acto cuando asi lo impoga la naturaleza del término o plazo.
Vulneren lo establecido en una disposición reglamentaria
Son Nulas las Resoluciones administrativas.