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Principios de seguridad social
-Eficiencia
-Universalidad
-Solidaridad
-Integralidad
-Unidad
-Participación
Objeto general de la seguridad social
Garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana.
comprende las obligaciones del estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de caracter económico.
objetivos especificos
1. Garantizar las prestaciones economicas y de salud de los trabajadores dependientes e independientes con capacidad de pago.
2. garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios de la presente ley.
3. Grantizar la ampliación de la cobertura hasta lograr que toda la poblaciónacceda al sistema.
Afiliación al sistema general de pensiones
Afiliados obligatorios: vinculados por contrato de trabajo, servidores públicos, prestación de servicios, ind. por cuenta propia, ben. del sub. del fondo de solidaridad pensional, s. púb. de ecopetrol a partir de la ley 797/03, quien ingrese por primera vez en carrera al sector público.
afiliados voluntarios: residentes en el ext. que no sean ob/rios, extranjero vinculado por contrato de trabajo no cubierto por el regimen de su pais debiendo acreditarlo.
¿Se pueden embargar las mesadas pensionales?
Por regla general NO, pero existen excepciones por las cuales se pueden embargar la pensión: pasivos alimetarios y deudas con sociedades cooperativas.
Subcuentas del fondo de solidaridad pensional (Fondo público)
- Subcuenta de subsidio a aporte en pensión
- subcuenta de subsistencia
Porcentaje de cotización (IBC)
Contrato de trabajo: IBC = 100% (se debe sacar el 16% del IBC, 4% trabajador, 12% empleador)
Contrato por prestación de servicios: IBC = 40% (se debe sacar el 16% al 40%, ese valor resultante es el aporte a pensión del contratista, corre por cuent propia)
Contrato de trabajo con salario integral: IBL= 70% (al 70% sacar el 16% que es el aporte total a pensión y corresponde 4% trabajador 12% empleador)