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ARTÍ**** 64 Un ciudadano ingresará al Ejército, previa solicitud verbal o escrita
y debidamente enterado del compromiso que contrae con la Nación y de las obligaciones
y derechos que con este hecho adquiere; firmará un contrato donde estará especificada
su filiación y circunstancias personales de acuerdo con las formalidades que previenen
las disposiciones legales.
ARTÍ**** 65 Desde que justifique su alta en la Oficina de Hacienda
correspondiente, tendrá derecho a percibir vestuario y equipo, así como el haber íntegroque le asigne el Presupuesto de Egresos vigente, salvo el caso de extravío de prendas,
en que quedará sujeto a un descuento que nunca excederá de la cuarta parte de su
haber. Estos descuentos sólo podrán hacerse por la Pagadurías y previas órdenes de la
Secretaría de Guerra ARTÍ**** 66 Reconocerá como superiores a todos los generales, jefes,
oficiales, sargentos y cabos del Ejército y a sus equivalentes en la Armada, a quienes
tendrá obligación de respetar y obedecer en cuanto se refiere a la disciplina y cumplirá
con exactitud las órdenes de aquellos de quienes dependa directamente, relativas al
servicio
ARTÍ**** 66 Reconocerá como superiores a todos los generales, jefes,
oficiales, sargentos y cabos del Ejército y a sus equivalentes en la Armada, a quienes
tendrá obligación de respetar y obedecer en cuanto se refiere a la disciplina y cumplirá
con exactitud las órdenes de aquellos de quienes dependa directamente, relativas al
servicio.
ARTÍ**** 100 A todo individuo que cause alta en un Cuerpo de tropa del
Ejército, se le destinará a la Unidad correspondiente, recibiendo de su superior
inmediato, las primeras instrucciones para usar correctamente las prendas que se le
ministren y cuidar con esmero el material, armamento, municiones, montura, equipo, etcétera
marcando las que quedan a su cargo, con el número que le corresponda así como con el
de la corporación a que pertenezca, para poder reconocerlas sin dificultad.
ARTÍ**** 101 Tendrá como inmediatos superiores, al cabo de su Escuadra o
Unidad similar, al sargento 2º de su Pelotón, sargento 1º, oficiales de su Sección y
capitanes de su compañía, Escuadrón o Batería, teniendo obligación de conocer los
nombres de todos ellos, así como los de los demás oficiales y clases de su Unidad y
jefes del Cuerpo.
ARTÍ**** 102 tendrá a sus superiores inmediatos, además de la obediencia y
respeto que prescriben las leyes y reglamentos, una absoluta confianza, considerándolos
como guías que tienen la obligación de dirigirlo durante el tiempo de sus servicios en el
Ejército; no dudando en recurrir a sus consejos en cualquiera dificultad en que se
encuentre ya sea de carácter oficial o privado.
ARTÍ**** 103 Pondrá esmerado cuidado en conservar en el mejor estado de
uso el armamento, vestuario, montura y equipo; tanto por el buen nombre del Ejército
como por su interés personal; deberá mantenerse constantemente aseado y evitará
presentar un aspecto que lo degrade, destruya su salud o haga repulsiva su presencia a
los demás. Asimismo, asistirá correctamente uniformado a las revistas y listas que se
pasen, a los demás actos del servicio y a cualquier lugar público donde concurra.
ARTÍ**** 104 Conocerá con perfección sus armas, el nombre de las piezas de
que se componen y el modo de desarmarlas y armarlas.