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Derecho Público y Derecho Privado
Ramas del d. objetivo positivo

publico: destinado a la protección del interés general. Intervención del Estado. Subordinación.

privado: destinado a la tutela de los intereses de los particulares. Vinculo de coordinación.
Derecho objetivo y Derecho Subjetivo
Obj: prescribe una obligación, impone una conducta o sanción legal.
+ hace referencia a una N.
+ el estado tiene poder coercitivo.

Subj: prerrogativa o facultad para satisfacer sus intereses como titulares de d.
+ derivado del D. objetivo.
+ debe respetar el D. subj de terceros.
Fuentes del derecho
FORMAL - autoridad y obligatoriedad.
Ley - Costumbre - Jurisprudencia

MATERIAL - colabora sin autoridad ni obligatoriedad.
Jurisprudencia - Doctrina
Ley
Regla o norma j. dictada por una autoridad competente y tiene como fin ordenar o prohibir las conductas en consonancia con la justicia.
- obligatoria -impersonales
- abstracta -permanencia
- generables
Leyes Imperativas y Supletorias
Impe: suprime la voluntad de las partes, no puede ser modificada o evadida
Suple: respeta la voluntad de las partes, limita a regular, complementa la voluntad no expresada
Formulación de leyes
Sanción: el Congreso aprueba un proyecto de ley
Promulgación: el presi ordena a las autoridades que la cumplan
Veto: atribución del presi para rechazar la promulgación
Publicación: establece la obligación de que sean publicadas para conocimiento general
Costumbre
Observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que corresponde a una necesidad jurídica
Secundum Legen: lo que ordena una norma
Praeter Legem: ante una situación no regulada, laguna
Contra Legem: contradictorio a la ley
Jurisprudencia
Decisiones emanadas de los tribunales de cierta jerarquía
Conocimiento de las sentencias judiciales
Recurso extraordinario: CS interviene en cuestiones F
Fallo plenario: sentencia definitiva de proceso judicial
Doctrina
Obras de los juristas, libros, artí*****, comentarios y críticas
Interpretación
Busca el sentido y valor de la norma
Legislativa: legislador
Judicial: jueces por jurisprudencia
Doctrinaria: autores de libros
Teoría de Subsunción
Premisa mayor: norma, con hipótesis relativa
Premisa menor: hecho de la realidad
Conclusión: sentencia o resultado
Efecto de la ley con relación al tiempo
Inmediato: a partir de la nueva ley, se aplica desde su entrada en vigencia
Diferido: rige la ley anterior en el curso de ejecución
Retroactivo: lo aplica el legislador, interviene en el efecto anterior
Principio de Irretroactividad
La nueva ley no puede volver al pasado
Relación y Situación jurídica
Situ: modo o manera de estar las personas en la vida social, regulado por el D.
unisubjetiva: la persona en sí misma
plurisubjetiva: actúa más de una persona; Relación

Rela: derivada de la situación j. vínculo entre dos o más personas, titulado por el D.
Derecho Subjetivo y patrimonio
Patrimonial: reales - de crédito - intelectuales
No patrimonial: personalísimos - de familia
Derechos personalísimos
Extrapatrimoniales - Innatos - Subjetivos - Vitalicios - De objeto interior
Atributos de la personalidad
NO ES CA PA DO
Nombre
Estado
Capacidad
Patrimonio
Domicilio
Capacidad de derecho y ejercicio
D: aptitud para ser titular de d. y deberes j.
E: facultad para ejercerlos por sí mismo
Apoyo y Tutela
A: facilitar a la persona la toma de decisiones
T: protección integral de la persona y bienes
Menor de edad
- 13 años
Edad y grado de madurez suficiente
Su emancipación por matrimonio es irrevocable
Ley de Salud Mental
Limitar la act. del juez en los procesos de internación
Internación como último recurso y hecha en hospitales comunes
Imponer la revisión cada tres años, por parte del juez
Incapacidad de Ejercicio
Persona por nacer
Menor de 13 años
Persona declarada incapaz por sentencia judicial
Perona +13, con adicción o alteración mental permanente o prolongada, de suficiente gravedad
Juicio de incapacidad
Legitimados: la persona - cónyuge no separado de hecho - parientes dentro del 4º - ministerio publico
Juez competente
Contenido de sentencia
Revisión de sentencia
Inhabilitado
Por la PRODIGALIDAD en la gestión de sus bienes, exponga a su cónyuge, conviviente, hijos menores de edad o con discapacidad
Nombre
Prenombre: de libre elección, adquirido por inscripción
Apellido: designación por el grupo familiar
Concepto: obligatorio - indivisible - extrapatrimonial - inalienable
Cambio: por existencia de justos motivos a criterios del juez - afectación de la personalidad - identidad de género - arraigo cultural, étnico o religioso
Protección: reconocimiento - usurpación - defensa del buen nombre
Abuso del Derecho
Subjetivo: generar daño o perjuicio para beneficiarse
Objetivo: cuando se deriva de los fines de los que la ley expone
Domicilio
Lugar donde la ley fija como sede de la persona
Real: lugar de residencia habitual
Legal: funcionarios públicos - militares en servicio activo - transeúntes y personas incapaces
Especial: partes de un contrato pueden elegir un domicilio para ejercicio de D. y obligaciones
Estado civil
Posición que ocupa el sujeto con relación a la familia
Matrimonio: casado - soltero - viudo - divorciado
Unión convivencial
Relación parental: sanguíneo, adoptivo - por afinidad
Derecho a la imagen
Para captar o reproducir la imagen o la voz, es necesario su consentimiento
- partícipes en actos públicos
- interés científico, cultural o educacional
- ejercicio regular del d. de informar sobre acontecimientos de interés general
Derecho a la Dignidad
La persona lesionada en su dignidad personal puede reclamar la prevención y reparación de los daños sufridos
Avance de derechos por edad
10: deben dar su consentimiento por su adopción
13: disposición del propio cuerpo, pueden demandar a sus tutores, pueden reconocer a sus hijos, tienen que consentir para salir del país
16: contraer nupcias con el permiso de los padres. Empleo y el manejo de su economía
Presunción del fallecimiento
Si la ausencia se prolonga mucho tiempo
Ordinario: sin noticias por 3 años
Extraordinario Genérico: 2 años, incendio, terremoto, acción de guerra o suceso semejante
Extraordinario Específico: 6 meses, encontrándose en buque, aeronave naufragado o perdido
Persona jurídica
Todos los entes a los cuales el ordenamiento j. les confiere aptitud para adquirir d. y obligaciones para el cumplimiento de su objetivo y los fines de su creación
Comienzo: desde su constitución
Personalidad diferenciada: los miembros no responden por obligaciones de la persona j.
Duración: debe establecer un plazo de duración
Objeto: debe ser preciso y determinado
Estatuto: instrumento que rige la vida del pj
Atributos de la Persona Jurídica
Nombre: denominación, mutable o comercial
Domicilio: lugar donde funciona la administración de la entidad
Patrimonio: inicialmente surge de los aportes de los fundadores
Capacidad: plena de derecho y ejercicio
Disolución de la Persona Jurídica
Transformación: adopta la forma j. de otra
Fusión: absorción de dos o más sociedades
Escisión: descentralización patrimonial y funcional
Liquidación de Personas Jurídicas
- decisión de miembros por unanimidad
- cumplimiento de la condición resolutoria
- el objeto es imposible de cumplir
- vencimiento del plazo
- declaración de quiebra
- fusión
- agotamiento de los bienes destinados a sostenerla
Asociaciones civiles
Nace de la unión estable de un grupo de personas físicas o j.
Objeto: no debe ser contrario al interés general o al bien común. No debe ser principalmente económico
Acto constitutivo: otorgado por instrumento público, inscripto en el registro
Contenido: nombre - objeto - domicilio - plazo de duración - causales de disolución - patrimonio inicial - procedimiento de liquidación
Separado por órganos: asamblea, ejecutivo...
Simple asociaciones o Sociedad anónima
Creadas en forma confiable, pero omitiendo referencia a entidades creadoras
Acto constitutivo: otorgado por instrumento público o privado, certificado por escribano público
Estatuto: consejo de administración y comité ejecutivo
No tiene miembros
Principio de especialidad
La persona jurídica no puede ser incapaz de derecho ni ejercicio, porque es creada específicamente por un objeto fin, fuera de ese objeto no existe