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El que se comete por imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o cuidado:
De imprudencia
Será castigadas de a cuerdo con lo que prevenga la ordenanza o leyes que la sustituyan:
.- Infracciones
Consiste en ejecutar uno o más hechos encaminados directa e inmediatamente a la consumación:
Conato
Los que favorecen a los delincuentes sin previo acuerdo u ocultando a los culpables:
Encubridor 3a clase
Los que sin previo acuerdo con el delincuente, pero sabe dores de que va a cometer un delito y debiendo por su empleo o comisión impedirlo, no cumplen con este deber
Cómplice
Los que teniendo por su empleo o comisión el deber de impedir o de castigar un delito, se obligan con el delincuente a no estorbarle que lo cometa o a procurarle la impunidad en el caso de ser acusado:
Autor
Los que sin previo CONCIERTO con los delincuentes, los favorecen de distintos modos:
Encubridor 1a Clase
Consiste en la privación de la libertad desde 16 días a 60 años:
Pena de prisión
La pena de suspensión de empleo consiste en la privación temporal de su uso, para todos los militares
condecoraciones
El que mantenga en cualquier forma correspondencia con el enemigo sobre asuntos extraños al servicio y a las operaciones de guerra:
Infracción de deberes comunes a todos los q están obligados a servir al ejto.
Expida o extienda testimonio o copia certificada supuestos documentos militares que no existan:
.- Falsificación
El que certifique con falsedad la existencia de males o enfermedades, en cubra o oculte estos.
Infracción de deberes comunes a todos los q están obligados a servir al ejto.
Imponga préstamos o haga requisiciones forzosas, con pretexto de interés público:
.- Pillaje, devastación, me rodeo, apropiación del botín, contrabando, saque y violencia contra las personas
.- Hacer préstamos usuarios a la clase de tropa y exigir dadivas o préstamos de sus inferiores:
Contra el honor militar.
Podrá conceder por una sola vez la rehabilitación, siempre que el sentenciado justifique que ha transcurrido la mitad del tiempo y ha observado buena conducta:
El juez de ejecución de sentencias
El que ultraje la bandera nacional:
Insultos, amenazas o violencias contra centinelas, guardias, tropa formada, salvaguardias, bandera y ejército.
.- ________ puede cometerse DENTRO Y FUERA DEL SERVICIO:
La desobediencia
.- _______ puede cometerse DENTRO DEL SERVICIO Y FUERA DE EL :
La insubordinación
Este delito* puede cometerse DENTRO Y FUERA DEL SERVICIO
El abuso de autoridad
Según el Código de Justicia militar, este es el que teniendo por su empleo o comisión el deber de impedir o de castigar un delito, se obligan con el delincuente a no estorbarle que lo cometa, o a procurarle la impunidad en el caso de ser acusado.
Cómplice
Según el Código de Justicia militar, este es el que teniendo por su empleo o comisión el deber de impedir o de castigar un delito, se obligan con el delincuente a no estorbarle que lo cometa, o a procurarle la impunidad en el caso de ser acusado.
Autor de delito
Según el Código de Justicia militar, este es el que sin previo acuerdo con el delincuente, pero sabedores de que va a cometer el delito, y debiendo por su empleo o comisión impedirlo, no cumple con ese deber.
Cómplice
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que induzca a tropas mexicanas, o que se hallen al servicio de México, para que pasen a la fuerza enemiga, o reclute gente para el servicio enemigo.
Traición a la patria
En relación al Código de Justicia Militar, cometes este delito el que fatigue o canse intencionalmente a las tropas, tripulaciones, extravíe el rumbo de buques o aeronaves o imposibilite a las tropas
Traición a la patria
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que malverse caudales o efectos del ejército en campaña y con daño de las operaciones de guerra o de las tropas
Traición a la patria
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que falsifique o altere un documento relativo al servicio militar, o haga a sabiendas uso de él, siempre que se emplee para causar perturbaciones o quebrantos en las operaciones de la guerra u ocasione la entrega de una plaza o puesto militar
Traición a la patria
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que en campaña o en territorio declarado en estado de sitio o de guerra, inutilice de propósito caminos, vías férreas, comunicaciones telegráfica o de otra clase y sus aparatos o cause averías que interrumpan el servicio, destruya canales, puentes, obras de defensa.
Traición a la patria
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que viole tregua, armisticio, capitulación u otro convenio celebrado con el enemigo, su por su conducta se reanudarán las hostilidades.
Delitos contra el derecho de gentes
En relación al Código de Justicia Militar, comete este delito el que, prolongue las hostilidades o un bloqueo después de haber recibido el aviso oficial de paz
Delitos contra el derecho de gentes
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que, en tiempo de paz exija por medio de la amenaza o de la fuerza, rescate o contribución a buques o ejerza cualquier otro acto de piratería
Delitos contra el derecho de gentes
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que, ofenda de palabra a un parlamentario del enemigo.
Delitos contra el derecho de gentes
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que, sin estar autorizado exija el pago de alguna contribución de guerra, o servicios personales; haga requisición de víveres, o elementos de transporte, tome rehenes, o ejecute cualquiera otra clase de vejaciones en la población civil de país enemigo
Delitos contra el derecho de gentes
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que sin estar autorizado reclute tropas en la República para el servicio de una potencia extranjera, cualquiera que sea el objeto que se proponga o a la nación que intente hostilizar
Violación de neutralidad o de inmunidad diplomática
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que expida o extienda testimonio o copia certificada supuestos de documentos militares que no existan, o de los existentes que carezcan de los requisitos legales suponiendo falsamente que los tienen o agregando o suprimiendo en la copia, algo que impone una variación substancial
Falsificación
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que intencionalmente altere, cambie, destruya o modifique los diarios de bitácora, navegación, o desviación del compás o cronómetros o libros de cargo, estudios científicos o relativos a una navegación, o que de un falso rumbo u observaciones de situación distintas de las verdaderas.
Falsificación
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que maliciosamente destruya o devaste por otros medios que no sean el incendio o la explosión de una mina, edificios, fábricas, buques de guerra, aeronaves u otras construcciones militares, almacenes, talleres o arsenales o establecimientos de marina.
Destrucción de lo perteneciente al Ejército
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que con intención dolosa, destruya o haga destruir frente al enemigo, objetos necesarios para la defensa o el ataque, o para la navegación o maniobras de un buque, todo o parte del material de guerra, aeronaves, armas, municiones, víveres, o efectos de campamento o del servicio de barco.
Destrucción de lo perteneciente al Ejército
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que se separe del lugar o punto, en el que conforme a disposición legal o por orden superior se debe permanecer, para desempeñar las funciones del encargo recibido.
Abandono de comisión o de puesto
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que sin necesidad apremiante abra las escotillas, rompa los sellos que las aseguren o disponga de objetos o útiles que permanezcan a las presas y al que destruya o altere los roles, conocimientos, facturas y demás documentos que amparen la carga que transporte la referida presa.
Pillaje, devastación, merodeo, apropiación de botín, contrabando, saqueo y violencias contra las personas
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito quien expida certificado o suscriba cualquier otro documento con el objeto de comprobar servicios militares, antigüedad de ellos, campañas o acciones de guerra, sabiendo que es falso lo que certifica, refiere o asegura
Infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir en el ejército
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito el que mantenga en cualquier forma correspondencia con el enemigo sobre asuntos extraños al servicio y a las operaciones de guerra, sin conocimiento del jefe superior de quien dependa.
Infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir en el ejército
Según el Código de Justicia Militar, comete este delito los militares que cometan actos deshonestos entre sí o con civiles, en buque de guerra, edificios, puntos o puestos militares o cualquiera otra dependencia del ejército, si no mediaren violencias.
Contra el honor militar
GRADOS DEL DELITO INTENCIONAL (CO.FRU.CO.), ES AQUEL EN QUE EL AGENTE LLEGA HASTA EL ULTIMO ACTO EN QUE DEBE CONSUMARSE LA REALIZACION.
DELITO FRUSTRADO
LOS QUE CON CARTELES DIRIGIDOS AL PUEBLO, O AL EJERCITO, O HACIENDO CIRCULAR MANUSCRITOS O IMPRESOS, O POR MEDIO DE DISCURSO, ESTIMULEN A COMETER UN DELITO DETERMINADO SI ESTE LLEGA A EJECUTARSE, AUNQUE SOLO SE DESIGNEN GENERICAMENTE LAS VICTIMAS.
AUTORES
LOS QUE SIN PREVIO CONCIERTO CON LOS DELINCUENTES , LOS FAVORECEN DE ALGUNO DE LOS MODO AUXILIANDOLOS PARA QUE SE APROVECHEN DE LOS INSTRUMENTOS CON QUE SE COMETE EL DELITO, OCULTANDOLOS O PROCURANDO POR CUALQUIER MEDIO IMPEDIR QUE SE AVERIGÜE EL DELITO O QUE SE DESCUBRA A LOS RESPONSABLES DE EL.
ENCUBRIDORES DE PRIMERA CLASE
LOS QUE TENIENDO POR SU EMPLEO O COMISION EL DEBER DE IMPEDIR O CASTIGAR UN DELITO, FAVORECEN A LOS DELINCUENTES SIN PREVIO A CUERDO CON ELLOS
ENCUBRIDORES DE TERCERA CLASE
DE LAS PENAS Y SUS CONSECUENCIAS, SE ORGANIZARA SOBRE LA BASE DEL TRABAJO, LA CAPACITACION PARA EL MISMO, LA EDUCACION, LA SALUD, EL DEPORTE, EL ADTO., LA INSTRUCCION MILITAR Y EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS COMO MEDIOS PARA MANTENER AL SENTENCIADO APTO PARA EL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO.
SISTEMA PENITENCIARIO MILITAR
CONSISTE EN LA EXONERACION TEMPORAL DE LA QUE SE HUBIESE ENCOMENDADO A LA PERSONA DE QUE SE TRATE, Y NO INHABILITAR A ESTA PARA DESEMPEÑAR PARA DESEMPEÑAR CUALQUIER OTRO CARGO O COMISION.
SUSPENSION DE COMISION MILITAR
EL QUE INDEBIDAMENTE HAGA QUE UNA FUERZA ARMADA LE PRESTE AUXILIO EN UNA RIÑA O PENDENCIA , QUE POR CAUSA TOME MAYORES PROPORCIONES.
ABUSO DE AUTORIDAD
EL QUE ADULTERE, VIVERES, MEDICINAS Y BEBIDAS, HAGA USO DE PESAS O MEDIDAS FALSAS PARA
FALSIFICACION
EL QUE SIN EXIGIRLO LAS OPS. DESTRUYERA MALICIOSAMENTE Y ARBITRARIAMENTE LOS VIVERES, OBJETOS DE PROPIEDAD PRIVADA.
PILLAJE, DEVASTACION, MERODEO, APROPIACION DE BOTIN, CONTRABANDO, SAQUEO Y VIOLENCIA CONTRA LAS PERSONAS.
EL QUE HAGA COLECTAS, SUSCRIPCIONES O LLEVE A CABO OTRAS EXACCIONES SIN AUTORIZACION DE LA SEDENA.
CONTRA EL HONOR MILITAR