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Teoría General del delito -TGD-
Es aquel instrumento conceptual que se encarga de esclarecer y determinar aquellas características comunes que deben concurrir necesariamente en un hecho para que este sea calificado como delito.
El objeto de la TGD
- Son las características comunes o genéricas a cada uno de los delitos – parte general del derecho penal-
- Son las características específicas de cada delito – parte especial del derecho penal-
DELITO EN EL ART. 11 CÓDIGO PENAL
Son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley.
estructura del tipo delitos de comision
para determinar la tipicidad de una conducta es indispensable que concurran los elementos del:
1. tipo objetivo
2. tipo subjetivo
tipo objetivo
los elementos objeticos que reune el tipo penal en el delito de comision:
1. los sujetos
2. la accion y resultado
3. objeto de la accion
4. imputacion al tipo objetivo:
4.1 causalidad
4.2 imputacion objetiva.
los sujetos actores del ilicito
1. sujeto activo.- autores del delito quedan restringidos de acuerdo tipos penales - delitos especiles, delitos comune -
2. sujeto pasivo.- los que resultan afectados con la conducta criminal.
la accion y resultado
- el tipo penal objetivo indica cual es la accion que interesa castigar al dp.
- la accion viene propuesta por el verbo rector del tipo.
- el verbo rector puede hacer referencia:
@ a una actividad estaremos delitos de mera actividad.
@a un resultado estaremos delitos de tesultado lesivo.
objeto de la accion
$. el tpo permite determinar el objeto sobre el cual recae la accion tipica.
$. el objeto de la accion tipica no puede identificarse con el bien juridico penalmente protegido mediante el tipo penal.
$. el objeto de la accion tipica es la materia sobre el que se ejerce los actos tipicos
imputacion al tipo objetivo
es indispensable la constatacion de la imputacion al tipo objetivo al proceso por el cual verificamos si el resultado que el tipo penal reprime puede ser atribuido a la accion del individuo lo que significa constatar
1ero la causalidad y
2do la imputacion objetiva del resultado.
A. La causalidad
hay supuestos que establecer la relacion de causalidad no genera problemas.- A (causa) mata a B (resultado)
hay otros supuestos que plantean serios problemas para determinar la relacion de causalidad y para dar respuesta la doctrina ha elaborado varias teorias:
1. teoria de la equivalencia de condiciones.
2. teoria de la causalidad adecuada o de la adecuacion.
3. teoria de la relevancia de la condicion o de la causalidad relevante.
A.1 teoria de la equivalencia de condiciones.
&. teoria de las condiciones o conditio sine qua non.
&. cada una de las condiciones que contribuyen para la realizacion de una consecuencia debe ser considerada como su causa por lo que los factores determinantes del resultado tienen un valor equivalente, solo su conjuncion posibilito el resultado.
&. conditio sine qua non es causa toda condicion que suprimida mentalmente, daria lugar a que ese resultado no se produjese.
&. la critica el regreso al infinito.
&. otro problema la supresion hipotetica es su aplicabilidad solo en aquellos casos donde se ha comprobado con anterioridad la ley causal.
&. la conditio sine qua non incluso conociendo la causa general se tiene problemas en determinar la causa especifica.
teoria de la equivalencia de condiciones
los grupos casos que mayores plantea a la teoria de la condicion son aquellos vinculados con los procesos patologicos tenemos:
a). cursos causales acumulables o causalidad acumulativa.
b). causas de sustitucion o cursos salvadores.
c). doble causalidad o causalidad alternativa.
d). delitos cualificados por el resultado.
a). cursos causales acumulables o causalidad acumulativa.
aparecen cuando dos o mas condiciones de manera simultanea y no concertadas producen un resultado, sin que ninguna de ellas de manera independiente hubiese sido capaz de producirlo.
b). causas de sustitucion o cursos salvadores.
cualquier otra causa hubiese producido el mismo resultado en el mismo momento y forma, la supresion mental de la causa no desaparece el resultado.
c). doble causalidad o causalidad alternativa.
se produce cuando dos determinadas acciones producen de manera simultanea el mismo efecto lesivo.
d). delitos cualificados por el resultado.
son aquellos que pese a ser elaborados con delitos dolosos o culposos establecen una agravacion de la pena en la medida que hayan provocado un resultado mas grave.
principio versari in re illicita
&. la causa de la causa es causa del mal causado en la medida que supone el castigo por la mera responsabilidad objetiva.
&. el cp en el art vii titulo preliminar "la pena requiere la responsabilidad del autor".
&. queda proscrita toda forma de responsabilidad objetiva.
A.3. teoria de la causalidad adecuada o de la adecuacion
&. solo puede considerarse causa de un resultado aquella condicion que de acuerdo con la experiencia tenga la capacidad de producirlo.
&. una determinada condicion podra adquirir la categoria de causa solo cuando conforme con la experien ia generla de vida sea capaz de producir el resultado reprochado penalmente.
&. criterios con lid cuales es posible determinar en que circunstancias una determinada condicion puede ser calificada de causa:
- previcibilidad objetiva.
- la diligencia debida.
A.3. teoria de la relevancia de la condicion o de la causalidad relevante.
&. la punicion de determinadas conductas suponia la concurrencia de tres elementos:
- la existencia de la relacion causal.
- la relevancia juridica de tal relacion.
- la culpabilidad del agente.
&. esta teoria diferencia la causalidad de la responsabilidad, no logra con claridad cual es el criterio capaz de establecer que una causa tiene relevancia juridico-penal.
&. es el antecedente de la actusl imputacion objetiva.