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FAMILIA
conjunto de seres humanos que tienen un vinculo de parentesco
PARENTESCO
Aquella relación de familia
TIPOS DE PARENTESCO
Cognacion: parentesco consanguineo
Afinidad: relaciones de familia que tiene un conjugue con la familia cognaticia del otro cónyuge
Gentilidad: relacionado con un Pater ancestral común
Agnación: vinculo de dependencia al Pater
AGNACIÓN , QUIENES SON ?
Filiuis: descendientes
Mujer casada CUM MANU
Esclavo
COMO SE MIDE EL PARENTESCO
Linea Recta ascendente o descendente: ABUELO PADRE, HIJO
Linea Colateral: vincula personas que no descienden unas de otras, pero buscan un tronco común., TIOS, SOBRINOS, PRIMOS
Grado: Numero de generaciones entre parientes.
POTESTADES DEL PATER FAMILIA
son las facultades que ejerce en relación a los miembros de su familia
PATRIA POTESTA: Facultad del Pater sobre sus descendientes HIJOS, NIETOS, BISNIETOS.
DOMINICA POTESTA: Facultad del Pater sobre sus esclavos.
MANU POTESTA: Facultad de Pater sobre su mujer y/o las que esten casadas CUM MANU
FILIACION
Vinculo que existe entre el Padre y el hijo.
TIPOS DE FILIACION
1.- Filiación Legitima: reconocida por ley
a.- hijos nacidos dentro del matrimonio romano
b.- adoptado por matrimonio romano
c.- reconocido por ciudadano romano y que posteriormente se case, de no ser la filiación queda sin efecto.
Filiación ilegitima: no reconocida por ley
a.- Natural o ilegitima: es el hijo de mujer soltera, que se puede sanear por el reconocimiento y matrimonio posterior.
b.- Espúera: no se puede sanear existe prohibición legal o religiosa
-hijos adulterinos
-hijos de incesto
-hijos sacrílegos
FORMAS DE RECONOCER UN HIJO
A través de la inscripción en el Censo
Declaración Judicial
por vía testamentaria
Presentación del niño , LEVITACIO, en el bautismo.
FACULTADES DEL PATER, EN LA PATRIA POTESTA
1.- Prometer a los hijos en matrimonio desde los 7 años
2.- Disciplina, es un derecho y un deber.
3.- Administración de los bienes de los FILIUS,
PECULIO Y SUS TIPOS
Peculio: cierta cantidad de bienes que otorga el Pater a hijos o esclavos para su administración, y administrado por un 3ero una parte de ese patrimonio.
Profeccticio: es administrado por el hijo.
Castrense: lo que el hijo ganaba en calidad de soldado
cuasi castrense: Bienes obtenidos en el ejercicio de funciones publicas.
Bona materna: bienes que recibe el hijo como herencia de la madre.
DOMINICA POTESTA
Facultad del Pater sobre sus esclavos
la que se adquiere via solemne:
Inscripcion en el censo
Resolucion de un Juez
Mancipatio: contrato verbal y solemne modo de adquirir el dominio
FACULTAD DEL PATER EN LA DOMINICA POTESTA
Disciplinar a sus esclavos, incluso hasta con la muerte.
Administrar los bienes del esclavo si lo tuviera, ya que el no tiene patrimonio, sin embargo podía dar el Pater un Peculio.
Otorgar la libertad a traves de la MANSUMISION
Les estaba prohibido casarse, usaban otra forma de union CONTUBERNIO.
MANSUMISSIO O MANSUMISION
Reconocimiento de libertad del esclavo
A.- Solemne:
Ante los comicios (acto publico)
reconocimiento de una autoridad Emperador o Juez
inscripcion en el censo

B.- No solemne:
Invitando a cenar a la mesa al esclavo
entregar una carta de libertar
EFECTOS DE LA MANSUMISION
Si se realiza de forma solmene o no solemne, el esclavo de igual gana su libertad.
a.- por la vía solemne: como existe publicada (comicios) genera un patrimonio, una sucesión y hay herederos.
b.- por la vía no solmene: al carecer de publicidad, al morir todos sus bienes se retribuyen al Pater y no hay sucesión.
MANU POTESTA
Facultad del Pater sobre su mujer y de las mujeres de sus hijos casadas CUM MANU.
MATRIMONIO
Hecho social, es la unión de un hombre y una mujer, puberes que tiene por finalidad la procreación y la convivencia con honor de matrimonio.
REQUISITOS DEL MATRIMONIO
1.- entre hombre y una mujer
2.- entre puberes 12 años la mujer, 14 años el varón
3.-ciudadano romano que goza el IUIS CONNUBII
4.- Que no exista impedimento para celebrar el matrimonio.
5.- Voluntad de los Pater de los novios.
6.-AFECTO MARITALIS, reconocimiento publico "honor de matrimonio", (fiesta)
TIPOS DE MATRIMONIO
1.- CUM MANU: El que se celebra a través de una solemnidad
2.- SINE MANU: Sin solemnidad

el matrimonio no es solemne salvo que se requiera para ciertos efectos jurídicos.
COMO SE ADQUIERE LA MANU POTESTAS
Por la solemnidad en el matrimonio, no solo el matrimonio.
TIPOS DE SOLEMNIDADES
A.- Confarreatio: solemnidad religiosa, involucra compartir el pan farreus.
b.- Coemptio: ceremonia civil, el novio paga monedas por la novia al Pater.
c.- Uus: Dice relación la administración de los bienes de una mujer independiente, y si en el lapso de un año ella no declara su independencia, se entiende casada CUM MANU
Reclamo: Trinoptia mas carta dando las razones.
COMO TERMINA LA MANU POTESTA
a.- Si el marido fallece, la MANU se mantiene si hay un Pater
b.- se reversa la MANU reversando la solemnidad:
-Disfarreatio para Confarreatio
-Remancipatio, restitución de las monedas
EFECTOS FAMILIARES DEL MATRIMONIO
CUM MANU: la mujer pasa a pertenecer a la familia de su marido, y depende de esa familia

SINE MANU: La mujer sigue bajo la dependencia de su familia inicial
ÁMBITO RELIGIOSO DEL MATRIMONIO
CUM MANU: la mujer cambia de culto y de dioses

SINE MANU: La mujer permanece en su culto
ÁMBITO ECONÓMICO DEL MATRIMONIO
CUM MANU: la administración depende del marido o del Pater

SINE MANU: Depende de la familia inicial
COMO TERMINA EL MATRIMONIO?
1.- Muerte de uno de los conjugues
2.- Capitis de minutio en su grado máximo
3.-Divorcio
MUERTE DEL MARIDO, QUE SUCEDE CON LOS HIJOS?
A.- Casada CUM MANU, si el marido no era Pater, esta vinculada al Pater y sigue viviendo en su familia
B.- Casada SINE MANU, como no existe vinculo la madre se separa del hijo.
DERECHO ROMANO COMO SOLUCIONA EL PROBLEMA DE LA SEPARACIÓN DE LA MADRE?
Con la figura jurídica USUFRUCTO, que es un derecho real su origen esta asociado a la mujer SINE MANU Viuda con hijos.
Fallecido deja via testamento el uso de un BIEN RAIZ en favor de la madre, de modo VITALICIO (hasta que muera)
IMPEDIMENTOS DEL MATRIMONIO
A. Absolutos
1.- Matrimonio precedente aun no disuelto
2.- Esclavitud de uno de los conyugues
3.- Voto de castidad (sacerdotes)

B Relativos
1.- parentesco por cognacion, en linea recta hasta el infinito y en linea colateral hasta en 3 grado. Por adopción: que cesa por la emancipación.
2.- Parentesco espiritual: padrino e ahijado.
3.- Por afinidad: padrastro e hija , suegro-nuera, hasta los cuñados.
4.- La Tutela: se prohibe bajo pena de nulidad, matrimonio entre el tutor, su pater familia, sus descendientes y pupila hasta no haber rendido cuentas
5.-Viudedad reciente: la mujer no puede contraer hasta ante de los 10 meses o un año en la disolución por divorcio.