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Tribunal
Todo órgano público establecido por la ley, para ejercer la función jurisdiccional, a través de un debido proceso.
tribunales que forman parte del poder judicial
ordinarios inferiores:
1. Juzgados de letras.
2. juzgados de garantía.
3. tribunal de juicio oral en lo penal.
ordinarios superiores:
4. cortes de apelaciones.
5. corte suprema.
especiales:
1. juzgados de familia.
2. Juzgados de letras del trabajo.
3. juzgados de cobranza laboral y previsional.
4. tribunales militares en tiempos de paz.
tribunales que NO forman parte del poder judicial
1. juzgados de policía local.
2. Juzgados militares en tiempos de guerra.
3. Contraloría General, en el juicio de cuentas.
4. tribunal de libre competencia.
5. director del servicio de impuestos internos.
6. director del servicio nacional de aduanas.
7. alcaldes en el recurso de ilegalidad municipal.
8. tribunal de marcas.
Tribunales según órbita de su competencia
1. ordinarios: conocen de la generalidad de conflictos del orden temporal en el territorio nacional
2. especiales: conocen sólo de las materias que el legislador les encomienda, según naturaleza del conflicto y personas que intervienen.
3. arbitrales: nombrados por las partes o por resolución judicial en subsidio.
Tribunales según su composición
1. unipersonales: un juez. Regla general en tribunales especiales y aquellos ordinarios que ejercen competencia en primera o única instancia.
2. colegiados: compuestos por más de un juez, ejercen jurisdicción actuando conjuntamente, de acuerdo al quorum de instalación y decisión previsto en la ley. Conocen en pleno o en sala. Generalidad de tribunales ordinarios y especiales que conocen en segunda instancia.
Tribunales según su preparación técnica
1. legos: no son abogados. Excepciones en Chile.
2. jurados: personas elegidas entre los ciudadanos, en general legos. Cámara de diputados en acusación constitucional.
3. escabinos: jueces elegidos por los ciudadanos.
4. letrados: jueces que deben poseer título de abogado.
Tribunales según el tiempo que duran sus funciones
1. perpetuos: permanecen ejerciendo el cargo mientras dure su buen comportamiento. Regla general en Chile.
2. temporales: por la ley o acuerdo de las partes, sólo ejercen su ministerio por un período determinado, como los árbitros y los ministros del Tribunal Constitucional (9 años)
Tribunales en atención a su nacimiento y duración frente a la comunidad
1. Comunes o permanentes: continuamente a disposición de la comunidad.
2. Accidentales o de excepción: se constituyen para el conocimiento de un asunto determinado.
Tribunales en atención a la función que cumplen en la tramitación y fallo
1. sustanciador, tramitador o instructor: tramitan el procedimiento hasta que quede en una etapa determinada para que otro órgano jurisdiccional dicte sentencia.
2. sentenciador; aquel que dicta sentencia, en procedimiento instruido por otro tribunal.
3. mixto: tramita el procedimiento y dicta sentencia.
Tribunales según el lugar en que ejercen su función
1. Sedentarios.
2. Ambulantes.
Tribunales según su jerarquía
1. inferiores de justicia: juzgados de garantía, tribunal oral en lo penal, jueces de letras, tribunales unipersonales. Tribunal Constitucional resuelve contiendas de competencia entre ellos y autoridades políticas o administrativas.
2. superiores de justicia: Cortes de Apelaciones y Corte Suprema. El senado resuelve contiendas de competencia entre ellos y autoridades políticas o administrativas.
Tribunales según extensión de su competencia
1. de competencia común: tribunales ordinarios conocen de toda clase de asuntos, cualquiera sea su naturaleza.
2. de competencia especial: tribunales ordinarios facultados sólo para conocer de asuntos determinados que establece la ley.
Tribunales en atención a la instancia en que resuelven
1. única instancia: resuelven sin que proceda recurso de apelación.
2. primera instancia: resuelven el conflicto procediendo recurso de apelación en contra de la sentencia, para que sea revisada por su superior jerárquico.
3. segunda instancia: tribunales que conocen del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia pronunciada por tribunal en primera instancia.
Tribunales en atención a la forma en que resuelven el conflicto
1. de derecho: se pronuncian en la sentencia con sujeción a lo establecido en la ley.
2. de equidad: facultados para pronunciar sentencia aplicando principios de equidad.