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artí**** 1
la presente ley establece las bases de organización de la Administración pública federal centralizada y paraestatal punto la oficina de la presidencia de la República com a las secretarías de estado, la consejería jurídica del ejecutivo federal y los órganos reguladores coordinados integran la administración pública centralizada
artí**** 6
para los efectos del artí**** 29 dela constitución política de los Estados Unidos Mexicanos como el presidente de la república acordar a todos los secretarios de estado y el fiscal general de la república.
artí**** 19
el titular de cada secretaría de estado expedirá los manuales de organización de Procedimientos y de Servicios al público necesarias para su funcionamiento como los que deberán contener información sobre la estructura Orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, así como sobre los sistemas de comunicación y coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan punto los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno deberán mantenerse permanentemente actualizados los manuales de organización general deberán publicarse en el diario oficial de la federación mientras que los manuales de Procedimientos y los servicios al público deberán estar disponibles para consulta de los usuarios y de los propios servidores públicos, a través del registro electrónico que opera la secretaría de la función pública. En cada una de las dependencias y entidades de la Administración pública Federal se mantendrá al corriente los escalafones de los administradores y se establecerán los sistemas de estímulos y recompensas que determinan la ley y las condiciones generales de trabajo respectivas.
artí**** 30
a la Secretaría de Marina le corresponde

1. organizar, administrar y preparar la armada
2. manejar el activo y las reservas de la armada en todos sus aspectos
3. conceder licencias y retiros e intervenir en las pensiones de los miembros de la armada
Artí**** 4
Recursos Humanos
Recursos Materiales
Recursos Financieros
recursos humanos
integrado por el personal de armada qué presta sus servicios
recursos materiales
bienes existentes y requeridos por armada
Recursos Financieros
presupuesto anual autorizado
Artí**** 5
niveles de mando:
1.mando supremo
2.alto mando
3.mando superior en jefe
4.mandos superiores
5.mando subordinado
artí**** 10
los mandos pueden ser:
titulares
interinos
accidentales
Artí**** 12
Artí**** 12.- El Estado Mayor General de la Armada es el órgano asesor del Alto Mando a quien
auxilia en la planeación, coordinación y supervisión de las operaciones requeridas para el cumplimiento de
las atribuciones asignadas a la Armada, transformando sus decisiones en directivas, órdenes e
instrucciones, supervisando su cumplimiento.
Estará integrado con personal Diplomado de Estado Mayor y el personal especialista que sea
necesario para el cumplimiento de sus atribuciones. El titular será de la categoría de Almirante.
Artí**** 15
Las regiones navales son áreas geoestratégicas, determinadas por el Mando Supremo,
que agrupan a zonas, sectores, flotillas, escuadrillas y otras unidades y establecimientos.
Tienen a su cargo la concepción, preparación y conducción de las operaciones navales para el
cumplimiento de la misión y atribuciones asignadas a la Armada de México en su área jurisdiccional.
Los comandantes de las regiones serán de la categoría de Almirante y estarán subordinados
directamente al Alto Mando.
Artí**** reformado DOF 31-12-2012
Artí**** 15 Bis.- El Cuartel General del Alto Mando se integra con las unidades operativas y
establecimientos navales de la Capital de los Estados Unidos Mexicanos.
Tiene a su cargo la concepción, preparación y conducción de las operaciones, proporcionando
seguridad y apoyo logístico a las unidades y establecimientos en dicha Capital.
El Comandante del Cuartel General del Alto Mando será de la categoría de Almirante y estará
subordinado directamente al Alto Mando