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¿Los hombres cometen?
Acciones y Omisiones

1) Según la Ley
2) Encontra de la Ley
¿Cuales son los mecanismos de solución?
Penales y Extrapenales
Penales:
1) Solo para un mínimo(ultima ratio)
2) Es cuando estamos frente a un delito o crimen
¿Que tipos de responsabilidades existen?
1) Una Penal
2) Otra Civil
Que es el Derecho Penal
- Es una rama del derecho
- No tiene sus principios históricos en la necesidad de castigar.
- Nace como ciencia con la finalidad de limitar el poder punitivo del estado(ius puniendi)
¿Que es el objeto de protección?
Recibe el nombre de bien jurídico protegido.
¿Que es el bien jurídico protegido?
Es la base y medida de la necesidad de castigo en el ejercicio estatal del Ius Puniendi.
¿Si no existe un bien Jurídico que pasa con el delito?
Se deslegitima.
Concepto de Derecho Penal
Un conjunto de normas tendientes a castigar la realización de conductas que lesionan algún bien jurídico que a la sociedad le interesa proteger.
Es mucho mas que un sistema de sanciones es una herramienta que busca delimitar el poder de castigo del estado.
También constituye la forma en que la sociedad tiene de resolver conflictos que otra rama del derecho no ha podido resolver por que se presenta incapaz de aquello.
¿Que es el principio de legalidad?
Es el principio más eficaz de legitimidad que posee el derecho penal.
Esta idea o principio involucra también la limitación al poder estatal dentro de una común búsqueda de equilibrio.
Se traduce en la advertencia que el estado efectúa al ciudadano para que no realice tal o cual conducta que es denominada conducta típica.
¿Que significa que el derecho penal es de última ratio?
1) Es el último que se usa, por que es el más severo.
2) Es el último recurso de la sociedad.
El hombre posee diversas formas de control de la sociedad, ¿cuales son?
Formal: Normas Jurídicas, busca resolver conflictos, da solución Jurídica:
No penales
Penales

Informal: Cultural, deportivo, religioso, No Jurídica.
El estado legitima su Ius Puniendi a través de:
1) Principio de Proporcionalidad.
2) La intervención penal mínima.
¿Que es el Principio de Proporcionalidad?
Es la reacción del estado frente al delincuente y sus hechos, la sanción debe ser proporcionada a la gravedad del hecho, a las circunstancias individuales de la persona que lo realizó y a los objetivos políticos criminales perseguidos, por lo tanto la pena tomará en cuenta:
1) La magnitud de la lesión del bien jurídico protegido.
2) La intensidad del reproche de la conducta a su autor.
3) La nocividad social del comportamiento.
¿Que es la intervención Penal Mínima?
Es un principio que hace que el estado emplee el derecho penal únicamente y de manera excepcional cuando los demás recursos que posee para preservar el orden social han sido insuficientes y la sanción penal se presenta como un medio adecuado para esa preservación(Principio de utilidad de la pena).
¿Cuales son los principios para que el derecho penal entre en acción?
1) Principio de nocividad social.
2) Principio de la noción formal.
3) Principio de la última ratio.
4) Principio de la función simbólica.
Un delito puede ser:
Formal: Se requiere solo acción no resultado. ejemplo: manejar en estado de ebriedad.

Y de Resultado: Se requiere acción más resultado. Para que se consuma el delito(Peligro para la sociedad). ejemplo: Homicidio.
Principio de Nocividad Social
No todo conflicto debe resolverse penalmente.
El derecho penal se reserva para la protección de aquellos bienes jurídicos más importantes, aquellos que la sociedad le interesa proteger penalmente.
Principio de la Noción Formal
El sistema Jurídico Penal es eminentemente formal, esto esta reflejado por el principio de legalidad
Principio de la Última Ratio
El derecho penal no es el único instrumento de resolver conflictos, pero debería ser el último, por que es el más grave e intenso, solo debería recurrirse en el fracaso de las otras formas de resolver conflictos
Principio de la función simbólica
Es una suerte de equilibrio entre la actividad castigadora del estado y la sensación de confianza y seguridad que los ciudadanos necesitan tener respecto del sistema en que viven.
¿Que es un sistema legitimado?
En un sistema legitimado la amenaza del derecho penal no puede constituir un temor para el ciudadano.
Un sistema legitimado es aquel en que la comunidad ha recepcionado el mensaje del sistema.
Con sensaciones de seguridad y confianza que el derecho penal debe generar en las personas.
¿Que es la Naturaleza Tutelar del Derecho Penal?
Tiene como finalidad garantizar esta coexistencia pacífica.
Se logra con un equilibrio entre la protección de estas instituciones y el aseguramiento del respeto de los derechos esenciales de las personas.
Elementos del Concepto de Derecho Penal
1) Una rama de la ciencia jurídica.
2) Plenamente autónoma.
3) Regula conductas:
- Que causan daño.
- Peligrosas para la sociedad.
4) Bajo amenaza de sanción.
El Derecho Penal puede ver puede verse de 3 puntos de vista, ¿Cuales son?
1) Científicamente.
2) Objetivamente.
3) Subjetivamente.
¿Cuales son los periodos históricos del Derecho Penal?
1) Venganza Privada o Defensiva.
2) Teológico Político o la Venganza Divina y Pública.
3) Derecho Canónico, Derecho Humanitario.
4) Científico.
El principio de legalidad o de reserva legal nace de:
Nace precisamente de los abusos de los monarcas con los ciudadanos en modelo de estado absoluto.
El Derecho Penal nace:
Como una forma de limitar, proteger a los ciudadanos del accionar del estado detentador del poder.
Para que los principios limitadores del del Ius Puniendi surtan efecto que le son propios se requiere:
Que el estado sea:
1) De Derecho.
2) Sea Social.
3) Democrático.
Que el estado sea de Derecho significa:
- Que los órganos estatales y el estado en general deben someter su actuar al marco jurídico.
- Que la ley sea aplicable para todos y que nadie este por sobre ella.
- En una normativa que nace de la voluntad soberana de la sociedad.
Que el estado sea Social significa:
Que subordina el ejercicio del Ius Puniendi del estado a lo estrictamente necesario.
Para mantener la coexistencia pacífica entre sus integrantes.
Que el estado sea Democrático significa:
Subordina su actuar en lo relativo al más amplio respeto de los derechos fundamentales del hombre.
¿Cual es el fin del Estado?
- Estar al servicio del hombre.
- No le esta permitido dominarlo e instrumentalizarlo.
-Menos emplear el Derecho Penal con esos fines.
El Estado de Derecho lleva consigo:
El Principio de Legalidad y de Reserva.
El Estado Social lleva consigo:
- Los principios de Intervención Mínima.
- Protección de los Bienes Jurídicos.
El Estado Democrático lleva consigo:
Los Principios de:
- Humanidad.
- Culpabilidad.
- Proporcionalidad.
- Resocialización.
El Principio de Legalidad y de Reserva constituye:
Uno de los ejes fundamentales de tutela de los ciudadanos frente al ejercicio del Ius Puniendi.
Para que una norma positiva se encuentre dentro del principio de legalidad se debe cumplir con 3 requisitos:
1) Lex Praevia.
2) Lex Stricta.
3) Lex Scripta.
Lex Praevia:
- Anterior.
Para que un determinado comportamiento pueda ser considerado delictivo, debe estar descrito por una ley anterior a la comisión del hecho.
Irretroactividad de la Ley.
Lex Scripta:
Ley Positiva.
El derecho penal se basa en una ley positiva.
Por lo tanto deberá ser el texto de una norma penal la que señale la conducta que se considerará delictiva.
Solo por la ley se pueden crear delitos y penas.
Lex Stricta
Dice relación con la necesidad de que se describa la conducta prohibida y se determine la pena a imponer.
Es insuficiente que un acto sea calificado como delito.
Mandato de Determinación Taxativa:
Consiste en la obligación que pesa sobre el legislador de describir los elementos "subjetivos y objetivos" de la conducta que se va a castigar.
Excepciones al Principio de Legalidad:
Desplazan la protección de la garantía desde el ámbito legislativo al jurisdiccional. Son cuatro:
1) Las medidas de seguridad.
2) La analogía in Bonam Parte.
3) Tipos penales abiertos.
4) Clausulas generales.
Medidas de Seguridad:
A diferencia de la pena, la medida de seguridad opera sobre la base de la peligrosidad del sujeto, sobre lo que potencialmente puede hacer y no sobre lo que a hecho.
Esta indeterminación de tiempo y cantidad hace que las medidas de seguridad sean contrarias al principio de legalidad.
Requisitos para que las medidas de seguridad sean aplicadas en Chile:
1) Enajenado mental.
2) Típico y antijurídico.
3) Peligrosidad.
Medidas de seguridad que se aplican:
- Internación.
- Custodia.
- Tratamiento.
- Lugar especial.
- A cargo de alguien.
Analogía in Bonam Parte:
Diferencia entre interpretación y aplicación.
La aplicación analógica de una ley.
Es en el hecho es salvar vacíos legales.
Crear una norma jurídica inexistente para un caso determinado.
Por ello es una fuente primaria o directa del derecho.
Lo que en el ámbito penal esta prohibido por el principio de legalidad.
En ninguno de los sentidos posibles se desprende de su texto.
Tipos Penales Abiertos:
Es una excepción al principio de legalidad. Se cita una norma de menor jerarquía, que es un reglamento. Se trata de tipos penales que en su interpretación requieren labor de complemento de unos jueces que determinan el real alcance de los tipos penales.
Clausulas Generales:
Se refieren a la descripción general de ciertas situaciones que requieren de la interpretación para su llenado. Los utilizados en Estados totalitarios o en nuestra Ley 12.927 sobre seguridad interior del estado. Expresiones como:
- Soberanía Nacional.
- Orden Constitucional.
- Seguridad Pública.
Responden normalmente a razones de política criminal.
2 Principios que tiene por misión mantener al Derecho Penal dentro de los límites.
1) Principio de la intervención mínima.
2) Principio de lesividad y protección de bienes jurídicos.
Principio de la intervención mínima.
El derecho penal se emplee únicamente y de manera excepcional.
Cuando los demás recursos que posee para preservar el orden social han sido insuficientes.
¿Cual es la primera característica del derecho penal?
Que el derecho penal es de última ratio.
Derecho penal como secundario o subsidiario.
Son otras ramas del derecho las que determinan lo antijurídico. Contraviene al derecho. Y es el derecho que los transforma en ilícitos.
Derecho Fragmentario.
Selecciona los casos que es necesario el castigo como arma de control y resguardo de la paz social.
Principio de lesividad
Con este principio se limita el rol del derecho penal a la protección de bienes jurídicos fundamentales.
Es una concepción política criminal.
Estado Democrático
Según nuestra carta fundamental, define a la república de Chile como un estado democrático. Poniendo al individuo en el centro de atención dándoles valor e importancia. Ahora es necesario hacer compatibles un régimen de sanciones con la igualdad en dignidad y derechos.
Articulo 5to.
El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.
Principios limitadores del Ius puniendi
1) Principio de Humanidad.
2) Principio de Culpabilidad.
3) Principio de Proporcionalidad.
4) Principio de Resocialización.
Principio de Humanidad:
La protección legal y constitucional es para todos los individuos y eso incluye a los que delinquen. Los castigos crueles indignos o que degraden no son aplicables a un estado que se reconoce como democrático.
Principio de Culpabilidad:
La constitución Art.19 N°7 prohibe presumir de derecho la culpabilidad. La sola realización de una conducta no trae como efecto inmediato y seguro la disposición de la llamada atribución objetiva y también la subjetiva.
Para imponer una sanción se requiere determinar quienes son culpables.
El principio de culpabilidad importa una limitación a la facultad de castigar del estado, por que solo puede sancionar a quien son "culpables" de "delito" y la pena debe ser proporcionada a esa culpabilidad.
Para responsabilizar de sus actos se debe cumplir con 3 requisitos:
1) Desarrollo adecuado de la personalidad.
2) Conciencia de ilicitud de la conducta.
3) Posibilidad de haber actuado en forma diferente.
Desarrollo adecuado de la personalidad:
Para responsabilizar a un sujeto requiere tener la "madurez suficiente" para comprender la actividad que realiza y determinarse conforme a esa comprensión(Imputabilidad).
Conciencia de ilicitud de la conducta:
Deberá tener potencialmente conciencia de lo injusto de su conducta. De que las personas tengan las aptitudes mentales suficientes. Para comprender y diferenciar lo lícito de lo ilícito.
Posibilidad de haber actuado en forma diferente:
O sea no presionado por las circunstancias concomitantes. Motivación normal. Como seria actuar aterrorizado, o impulsado por el instinto de conservación en circunstancias extremas.
Principio de Proporcionalidad
La sanción debe ser proporcionada a la gravedad del hecho. A las circunstancias individuales de la persona que lo realizó. Y los objetivos políticos-criminales perseguidos. La pena será proporcional a las condiciones que la hacen necesaria. En ningún caso puede exceder esa necesidad.
Para determinar la proporcionalidad de una sanción:
1) Magnitud de la lesión del bien jurídico.
2) La intensidad del reproche de la conducta.
3) Nocividad social del comportamiento.
Principio de Resocialización:
Forma de reintegrar a su medio al condenado. En sentido positivo sin interrumpir su particular manera de participar en la comunidad.
Se trata de no imponer más castigo que el propio de la pena(Concomitantes). La pena tiene como objetivo algo más que la venganza. Y esperamos un fin corrector.