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El personal estatutario de los servicios de salud se clasifica atendiendo a
Función desarrollada,
Título
Nombramiento
Es personal el que ostenta esta condición en virtud de
nombramiento expedido para el ejercicio de una profesión o especialidad sanitaria.
Personal estatutario sanitario.
Atendiendo al nivel académico del título exigido para el ingreso, el personal estatutario
sanitario se clasifica de la siguiente forma
Personal de formación universitaria:
Personal de formación profesional:
Es el personal que ostenta tal condición en virtud de
nombramiento expedido para el desempeño de funciones de gestión o para el desarrollo de
profesiones u oficios que no tengan carácter sanitario.
Personal estatutario de gestión y servicios.
La clasificación del personal estatutario de gestión y servicios se efectúa, en función
del título exigido para el ingreso, de la siguiente forma:
Personal de formación universitaria
Personal de formación profesional.
Otro personal
una vez superado el correspondiente proceso
selectivo, obtiene un nombramiento para el desempeño con carácter permanente de las
funciones que de tal nombramiento se deriven
Personal estatutario fijo.
Los nombramientos de personal estatutario temporal serán de
interinidad,
son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones
propias de estatutarios en los siguientes supuestos y condiciones:
- Existencia de plaza vacante (max 3 años)
- Ejecución de programas de carácter temporal (max 3 años, fechas de inicio y finalización)
-Exceso o acumulación de tareas (fechas de inicio y finalización)
Se podrá nombrar personal estatutario sustituto para el desempeño de funciones
propias de personal estatutario en los siguientes supuestos y condiciones:
- Sustitución durante los periodos de vacaciones, permisos, dispensas y demás ausencias
- Sustitución parcial para garantizar la prestación asistencial en los centros e
instituciones sanitarias,
- Reducción de la jornada ordinaria de personal estatutario,
La renuncia a la condición de personal estatutario tiene el carácter de acto voluntario y
deberá ser solicitada por el interesado con una antelación mínima de
15 días
Son causas de extinción de la condición de personal estatutario fijo:
a) La renuncia.
b) La pérdida de la nacionalidad
c) La sanción disciplinaria firme
d) La pena principal
e) La jubilación.
f) La incapacidad permanente, en los términos previstos en esta ley.
La jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado la edad de
65 años.
Procederá también la recuperación de la condición de personal estatutario cuando se
hubiera perdido como consecuencia de incapacidad, si ésta es revisada conforme a las
normas reguladoras del Régimen General de la Seguridad Social.
Si la revisión se produce dentro de los _____ años siguientes a la fecha de la declaración
de incapacidad, el interesado tendrá derecho a incorporarse a plaza de la misma categoría y
área de salud en que prestaba sus servicios.
2
Complemento que correspondiente al nivel del puesto que se desempeña
Complemento de destino
Complemento que es destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos
puestos
Complemento específico
Complemento destinado a retribuir el especial rendimiento, el interés
o la iniciativa del titular del puesto,
Complemento de productividad
Complemento destinado a remunerar al personal para
atender a los usuarios de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada.
Complemento de atención continuada
Complemento destinado a retribuir el grado alcanzado en la carrera profesiona
Complemento de carrera
Período nocturno: el período nocturno se definirá en las normas, pactos o acuerdos
que sean aplicables a cada centro sanitario. Tendrá una duración mínima de _____ horas e
incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y las cinco horas de cada día
natural. En ausencia de tal definición, se considerará período nocturno el comprendido entre
las 23 horas y las seis horas del día siguiente.
7
Personal nocturno: el que realice normalmente, durante el período nocturno, una parte
no inferior a ______ de su tiempo de trabajo diario.
3 horas
En este supuesto, los excesos de jornada sobre lo establecido en el artí**** 48.2 tendrán
el carácter de jornada complementaria y un límite máximo de _________.
150 horas al año
constituida por el número de efectivos por
grupo profesional en cada organización aprobada por el
Consejo de Administración, dentro del límite máximo
de efectivos por grupo profesional aprobado anualmen-
te por el Consejo de Gobierno.
Plantilla estructural
se constituyen como el instrumento de clasificación del perso-
nal orientado a la organización, promoción y desarro-
llo integral del personal.
Puestos funcionales
Los criterios considerados para la diferenciación de
los distintos Puestos Funcionales se corresponden con
los siguientes:
Tareas
Responsabilidad
Los Puestos Funcionales vendrán identificados y caracterizados en relación con los siguientes aspectos:
1.– Identificación en términos de Clasificación del
Personal.
2.– Perfil Profesional requerido.
3.– Modo de provisión.
4.– Efectos retributivos asignados.
Identificación en términos de Clasificación del
Grupo titulación
Grupo profesional
Categoria
constituye el instrumen-
to de clasificación del personal basándose en el nivel de
Titulación exigido para el ingreso.
Grupo de Titulación
constituye el instrumen-
to de clasificación del personal sobre la base del agru-
pamiento unitario de las aptitudes profesionales y con-
tenido específico de las tareas propias de la prestación.
Grupo profesional
constituye el instrumento de
clasificación del personal basado en la Titulación espe-
cífica requerida.
Categoria
Cada Puesto Funcional llevará aparejado el corres-
pondiente Perfil Profesional requerido para su desem-
peño, constituido por:
Titulación
Experiencia
Perfil Lingüistico
cada Organización de Servicios del
Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud apro-
bará mediante Resolución del ____________ su Plantilla Funcional,
Director Gerente
El número de efectivos de las Plantillas Funcionales
vendrá limitado por la _________ aprobada por
el Consejo de Administración
Plantilla Estructural
Las modificaciones de Plantilla Funcional que
no conlleven alteración de la Plantilla Estructural de
una Organización de Servicios serán aprobadas por Re-
solución del _________ de la misma.
Director-Gerente
Tipología de las Unidades Asistenciales
y de Gestión para la Atención Primaria.
La Comarca Sanitaria de Atención Primaria
Otras unidades asistenciales y de gestión
Las Comarcas Sanitarias de Atención Primaria
deberán dotarse, al menos, de los siguientes órganos:
a) Órganos de Dirección y Gestión.
El Gerente
El Equipo directivo de la Gerencia
El Consejo de Dirección
b) Órganos de Participación.
El Consejo Técnico.
Los puestos de Gerente de las Comarcas Sanita-
rias de Atención Primaria se proveerán, tras
convocato-
ria pública y valoración de méritos y capacidad
es el órgano colegiado
al que corresponden las siguientes funciones:
a) La elaboración del Plan Estratégico y su segui-
miento
El Consejo de Dirección
es el órgano de asesoramien-
to y participación de los profesionales en la gestión
El Consejo Técnico
El Consejo Técnico deberá reunirse al menos
una vez al trimestre.
Las Unidades de Atención Primaria se crearán
mediante resolución del
Director General de Osakidet-
za/Servicio Vasco de Salud
El Jefe de la Unidad de Atención Primaria se
responsabilizará del proceso asistencial así como de la
organización y gestión
.
En ningún caso se consolidarán las funciones ni
las retribuciones de Jefe de Unidad de Atención Prima-
ria como puesto específico de trabajo.
.
Tipología de los Centros Asistenciales y
de Gestión para la Atención Especializada.
a) Instituciones hospitalarias, que tendrán la denominación común de hospital
b) Complejos Hospitalarios formados por los
Hospitales y/o Unidades organizativas
c) Los demás centros asistenciales y de gestión,
Los Hospitales Generales deberán dotarse de los
siguientes órganos:
a) Órganos de dirección y de gestión
– El Gerente
– El Equipo directivo
– El Consejo de Dirección
b) Órganos de participación:
– El Consejo Técnico.
Al frente de cada Hospital habrá un
Gerente
En todo caso los Hospitales contarán con Dirección
Médica y de Enfermería
Son funciones de la Dirección Médica.
Asumir las funciones asignadas al Gerente en caso
de ausencia, enfermedad o vacante.
El Consejo Técnico, en función de las caracterís-
ticas y dimensionamiento del Hospital, estará com-
puesto por
un mínimo de doce y un máximo de veinte
miembros,
La designación de Jefes de las Unidades de
Atención Primaria se efectuará por la
Dirección General de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud, a pro-
puesta del Gerente de la Comarca Sanitaria de Atención
Los Complejos Hospitalarios, formados por la
agrupación de varios Hospitales y/o Unidades organiza-
tivas, se estructurarán, al menos, con los siguientes
órganos:
– La Gerencia del Complejo Hospitalario.
– El Consejo de Dirección del Complejo Hospitala-
rio.