• Barajar
    Activar
    Desactivar
  • Alphabetizar
    Activar
    Desactivar
  • Frente Primero
    Activar
    Desactivar
  • Ambos lados
    Activar
    Desactivar
  • Leer
    Activar
    Desactivar
Leyendo...
Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda

Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba

Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h

Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n

image

Boton play

image

Boton play

image

Progreso

1/25

Click para voltear

25 Cartas en este set

  • Frente
  • Atrás
La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados
integran:
LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRALIZADA.
Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen:
LA ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL.
I. Secretarías de Estado
II. Consejería Jurídica, y
III. Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética
Son dependencias de:____________________
LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRALIZADA.
I. Organismos descentralizados;
II. Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito,
organizaciones auxiliares nacionales de crédito e instituciones nacionales de
seguros y de fianzas, y
III. Fideicomisos.
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL.
estará a cargo de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Al frente de la Consejería Jurídica habrá
un Consejero que dependerá directamente del Presidente de la República, y será nombrado y removido libremente por éste.
LA FUNCION DE CONSEJERO JURIDICO.
se deben cumplir los mismos requisitos que para ser
Fiscal General de la República.
PARA SER CONSEJERO JURIDICO.
le serán aplicables las disposiciones
sobre presupuesto, contabilidad y gasto público federal, así como las demás que
rigen a las dependencias del Ejecutivo Federal.
A LA CONSEJERIA JURIDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL.
acordará con todos los
Secretarios de Estado y el Fiscal General de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
podrá convocar, directamente o a
través del Secretario de Gobernación, a reuniones de gabinete con los Secretarios
de Estado y funcionarios de la Administración Pública Federal que el Presidente determine, a fin de definir o evaluar la política del Gobierno Federal en asuntos
prioritarios de la administración.
EL PRESIDENTE
contará con las unidades de apoyo técnico y estructura que el Presidente determine, de acuerdo con el presupuesto asignado a dicha Oficina
EL EJECUTIVO FEDERAL.
conducirán sus actividades en forma programada, con
base en las políticas que para el logro de losobjetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo, establezca el Ejecutivo Federal.
DEPENDENCIA Y ENTIDADES DE LA ADMIN PUBLICA CENTRAL Y PARAESTATAL.
corresponde el despacho de Los siguientes asuntos:
I. Organizar, administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea;
II. Organizar y preparar el servicio militar nacional;
III. Organizar las reservas del Ejército y de la Fuerza Aérea, e impartirles la
instrucción técnica militar correspondiente;
LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.
corresponde el despacho de:
V. Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros del
Ejército y de la Fuerza Aérea;
VI. Planear, dirigir y manejar la movilización del país en caso de guerra; formular
y ejecutar, en su caso, los planes y órdenes necesarios para la defensa del
país y dirigir y asesorar la defensa civil;
VII. Construir y preparar las fortificaciones, fortalezas y toda clase de recintos
militares para uso del Ejército y de la Fuerza Aérea, así como la administración
y conservación de cuarteles y hospitales y demás establecimientos militares;
VIII. Asesorar militarmente la construcción de toda clase de vías de comunicación
terrestres y aéreas.
LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.
corresponde el despacho de:
VIII Bis.- Salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional,
incluyendo su espacio aéreo, en coordinación con la Secretaría de Marina en lo
correspondiente a la protección del espacio situado sobre el mar territorial.
VIII Ter.- Establecer acciones para garantizar que las operaciones aéreas en el territorio nacional no se realicen con fines ilícitos o atenten contra la seguridad nacional.
VIII Quáter.- Participar, con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, en las operaciones de búsqueda y salvamento aéreo, en términos de
artí**** 80 de la Ley de Aviación Civil;
VIII Quinquies.- Establecer, en coordinación con la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes, las zonas de vigilancia y protección del espacio
aéreo.
LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.
corresponde el despacho de:
IX. Manejar los almacenes del Ejército y de la Fuerza Aérea.
X. Administrar la Justicia Militar.
XI. Intervenir en los indultos de delitos del orden militar.
XII. Organizar y prestar los servicios de sanidad militar.
XIII. Dirigir la educación profesional de los miembros del Ejército y de la Fuerza
Aérea, y coordinar, en su caso, la instrucción militar de la población civil.
LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.
s entidades creadas por ley o
decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal.
SON ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.
I. Las sociedades nacionales de crédito constituidas en los términos de su
legislación específica;
II. Las Sociedades de cualquier otra naturaleza incluyendo las organizaciones
auxiliares nacionales de crédito; así como las instituciones nacionales de
seguros y fianzas, en que se satisfagan alguno o varios requisitos:
EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA.
aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal
LOS FIDEICOMISOS PUBLICOS.
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fungirá como fideicomitente único de la Administración Pública
Centralizada.
FIDEICOMISOS CONSTITUIDOS POR EL GOB. FEDERAL.
en la operación de las entidades de
la Administración Pública Paraestatal, las agrupará
por sectores definidos.
EL PRESIDENTE.
se realizará a través de la dependencia que corresponda según el agrupamiento que por sectores haya realizado el propio Ejecutivo
LA INTERVENCION.
Corresponde coordinar la programación y
presupuestación, conocer la operación, evaluar los resultados y participar en los órganos de gobierno de las entidades agrupadas en el sector a su cargo,
LOS COORDINADORES DE SECTOR.
podrá agruparlas en subsectores, cuando así
convenga para facilitar su coordinación y dar congruencia al funcionamiento de las
citadas entidades
EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA COORDINADORA.
se llevarán a cabo en la forma y términos que dispongan las leyes, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en el ámbito
de sus respectivas competencias,
RELACION ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y LAS ENTIDADES PARAESTATALES.
emitirán los criterios para la clasificación de las entidades paraestatales conforme a sus objetivos y actividades, en aquellas que cumplan una función institucional y las que realicen fines comerciales
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y DE LA FUNCION PUBLICA.