• Barajar
    Activar
    Desactivar
  • Alphabetizar
    Activar
    Desactivar
  • Frente Primero
    Activar
    Desactivar
  • Ambos lados
    Activar
    Desactivar
  • Leer
    Activar
    Desactivar
Leyendo...
Frente

Cómo estudiar sus tarjetas

Teclas de Derecha/Izquierda: Navegar entre tarjetas.tecla derechatecla izquierda

Teclas Arriba/Abajo: Colvea la carta entre frente y dorso.tecla abajotecla arriba

Tecla H: Muestra pista (3er lado).tecla h

Tecla N: Lea el texto en voz.tecla n

image

Boton play

image

Boton play

image

Progreso

1/35

Click para voltear

35 Cartas en este set

  • Frente
  • Atrás
¿COMO SE ADQUIERE CON TITULO DERIVADO?
m
EN QUE SE DISTINGEN LOS DERECHOS REALES DE LOS PERSONALES?
m
en esta materia, hay una relacion juridica entre la persona y la cosa?
NO, hay una relacion inmediata
que son los bienes?
m
siempre que hay posesion hay un derecho real?
no
que es un derecho real segun guillermo allende?
es un derecho absoluto,de contenido patrimonial, cuyas normas sutancialmente de orden público, establecen entre una persona (sujeto activo) y una cosa determinada (o indeterminada, de acuerdo al nuevo codigo)( OBJETO) una relacion inmediata quem previa publicidad, obliga a la sociedad (sujeto pasivo) a abstenerse de realizar cualquier acto cotnrario al mismo (obligacion negativa), naciendo para el caso de violación una acción real y que otorga a sus titulares las entajas inherentes al ius persequendi y al ius preferendi
como define el codigo al derecho real?
el derecho real es el poder jurídico, de estructura legal, que se ejerce directamente sobre su objeto, en forma autónoma y que atribuye a su titular las facultades de persecución y preferencia, y las demás previstas en este código
¿cual es la relación de un inquilino con el departamento que alquila?
de tenencia
¿porque las partes no pueden por medio de su voluntad modificar la esctructura legal de un derecho legal?
porque al hacerlo se podria crear un nuevo Derecho Real, como la anfiteusis, lo cual esta prohibido por el CCC en el art 1884
como se adquieren los derechos reales?
por forma derivada o por actos entre vivos (?
por acto entre vivos , mortis causa o por imperio de la ley
que se necesita para ser titular de un derecho real?
m
los derechos reales son solo los contenidos en el codigo?
NO, el CCC hace una enumeracion en el art 1887 pero tambien hay leyes que regulan otros DR como la hipoteca naval
que son las cosas
son los bienes materiales suceptibles de valor economico
las partes pueden crear derechos reales?
no
que es la convalidacion?
un instituto que implia que si quien constituye o transmite un derecho real que no tiene, y lo adquiere posteriormente, la constitucion o transmision queda convalidada.
que es el ius preferendi y el ius persequendi?
el derecho real atribuye a su titular la facultad de perseguir la cosa en poder de quien se encuentre, y de hacer valer su preferencia con respecto a otro derecho real o personal que haya obtenido oponibilidad posteriormente
que derechos reales son accesorios?
aquellos que son accesorios de un credito en funcion de garantía, como la hipoteca, la anticresis y la prenda
1.CUANDO los derechos reales recaen sobre cosas registrables?
2.CUANDO los derechos reales recaen sobre cosas NO registrables?
1.cuando laley requiere la inscripcion de los títulos en el respectivo registro a los efectos que correspondan
2. cuando los documentos portantes de derechos sobre su objeto no acceden a un registro a los fines de su inscripcion
¿como se ejercen las servidumbres positivas?
por actos posesorios concretos y determinados sin que su titular ostente la posesión, por ejemplo: pasar por el pasillo o ir a sacar agua al aljibe vecino
¿por que los DR son absolutos?
porque son oponibles erga omnes.
los D Personales son relativos
¿por que los DR son sustancialmente de orden publico?
por su aprovechamieto va mas all¿a del aprovechamiento de su titular
que son las normas de orden publico?
aquellas que no pueden ser dejadas de lado por la voluntad de las partes
cuales son los elementos del DR?
Objeto, sujeto, causa que estaran regulados solamente por el legislador
como se adquiere la POSESIÓN?
Por la tradicion que es el acto material que consiste en la entrega voluntaria de la cosa y su recepción voluntaria
como pueden ejercerse los DR?
por actos posesorios o no posesorios (servidumbre, prenda con registro, hipoteca)
¿que es el contenido de un DR?
¿cual es el DR con mayor contenido?
es el cúmulo de facultades que tiene el titular del mismo para aprovechar la cossa que es objeto de su DR.
el Dominio
1.¿ CUAL es el aspecto interno de los DR?
2. cual es el aspecto externo?
1.En la relación entre el sujeto activo (persona física o jurídica) y el objeto (cosas y bienes) aparece el aspecto interno del derecho real. Tal relación es directa e inmediata, a diferencia de los derechos personales en que se requiere el cumplimiento del deudor.
2.No existe un sujeto pasivo determinado como en los derechos reales (deudor), sino un sujeto pasivo universal que debe respetar la relación real, absteniéndose de ejercer actos contrarios a la misma, configurándose así el aspecto externo de los derechos reales.
¿se puede adquirir de forma derivada por acto entre vivos por titulo y modo suficiente?
No. Se requiere que el TITULO tambien sea suficiente
¿todos los contratos deben ser otorgados por escritura publica?
no,solo los del art 1017
¿la escritura publica es el titulo suficiente?
no, es la FORMA. el titulo suficiente es un acto juridico cuyos requisitos son la forma y el fondo
para adquirir la posesion o tradicion, como debe estar la cosa?
libre de toda relacion excluyente, y no debe mediar oposicion alguna
la prescripcion adquisitiva ¿es para adquiere SOLO el dominio o todos los DR principales?
para adquirir todos los DR principales
cuales son los medios GENERALES para extinguir DR?
la destruccion total, el abandono,la consolidacion, etc
¿la ENERGIA es una cosa?
No, porque no es un objeto material, sin embargo el CCC le aplica las normas relativas a las cosas a la energia.
¿que es la posesion?
es una relacion de hecho (corpus) en la cual la persona se comporta como el titular de un derecho real, lo sea o no (anims domini)