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7 Cartas en este set
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Contrato de seguro
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contrato por el que una persona se obliga, a cambio de una prestación pecuniaria a indemnizar a otra, dentro de los límites convenidos, los daños sufridos por la realización de un evento incierto
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Reaseguro
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modalidad del seguro que cubre el riesgo que asumen los aseguradores al estipular los contratos de seguro con sus clientes. Su finalidad es resarcir el daño patrimonial que experimenta el asegurador directo al producirse el evento que le obliga a indemnizar a su asegurado
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Contraseguro
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En virtud de este contrato, el asegurador se obliga, cuando se cumplan determinadas condiciones, al reintegro al contratante de las primas o cuotas satisfechas y cobradas
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Seguro contra incendios (Art. 45 LCS 50/1980
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Seguro de intereses sobre las cosas en el que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la LCS y en el contrato, a indemnizar los daños producidos por incendio del objeto asegurado
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Seguro de caución (Art. 68 LCS 50/1980)
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el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador de seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad de los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la ley o en el contrato
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Art. 80 LCD 50/180
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El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riestos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
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Consorcio de Compensación de Seguros
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Es un instrumento al servicio del sector asegurador español, con una amplia trayectoría histórica, siendo una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
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