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Art. 1876 CC
"La hipoteca sujeta directa e inmediatamente los bienes sobre que se impone, cualquiera que sea su poseedor, al cumplimiento de la obligación para cuya seguridad fue constituida."
Art. 1911 CC
"Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros."
Art. 104 LH
"La hipoteca sujeta directa e inmediatamente los bienes sobre que se impone, cualquiera que sea su poseedor, al cumplimiento de la obligación para cuya seguridad fue constituida."
Art. 158 LH
"Sólo serán hipotecas legales las admitidas expresamente por las leyes con tal carácter.
Las personas a cuyo favor concede la Ley hipoteca legal no tendrán otro derecho que el de exigir la constitución de una hipoteca especial suficiente para la garantía de su derecho."
Art. 137 LH
"Las hipotecas son voluntarias o legales."
Hipoteca Mobiliaria
Es un derecho real de garantía de realización de valor que, SIN DESPLAZAMIENTO posesorio y mediante inscripción registral, sujeta directa e inmediatamente los BIENES MUEBLES sobre los que se impone el cumplimiento de la obligación para cuya seguridad fue constituida.
Prenda
Es un derecho real de garantía por el cual una cosa mueble susceptible de posesión se entrega al acreedor, que la conserva en función de garantía de cumplimiento hasta que se le pague la deuda u otro tipo de obligación
Derecho real de garantia
Es el que tiende al aseguramiento de una obligación principal, mediante la concesión de un poder real, directo e inmediato sobre la cosa; que faculta, para el caso de que sea incumplida la obligación, a la enajenación de la cosa para hacerse pago con su precio.
Art. 1868 CC
"Si la prenda produce intereses, compensará el acreedor los que perciba con los que se le deben; y, si no se le deben, o en cuanto excedan de los legítimamente debidos, los imputará al capital"