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Art. 116 LCSP 9/2017
"La celebración de un contrato por parte de la Administración requerirá que en la Fase de Preparación se lleve a cabo la elaboracion de:
- expediente de contratación
- resolución modivada que apruebe el mismo"
Art. 117 LCSP 9/2017
"Completado el expediente, se dictará una resolución motivada por el órgano de contratación que: aprobará el expediente, abrirá el procedimiento de adjudicación y aprobará el gasto."
Art. 121 LCSP 9/2017
"Los Pliegos de Claúsulas Aministrativas Generales contienen las declaraciones jurídicas, económicas y administrativas que serán de aplicación, en principio, a todos los contratos de un objeto análogo"
Art. 122 LCSP 9/2017
"Los Pliegos de Claúsulas Administrativas Particulares incluyen los pactos y condiciones que van a definir los derechos y las obligaciones de las partes, debiéndose ajustar a su contenido los contratos ya que las cláusulas se consideran parte de los mismos, antes de su aprobación debe ser informado por el servicio jurídico y su aprobación le corresponde al órgano de contratación"
Art. 100 LCSP 9/2017
"El Presupuesto Base de Licitación es el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometerse el órgano de contratación, incluido el IVA"
Art. 101 LCSP 9/2017
"El Valor Estimado es en el caso de los contratos de obras, suministros y servicios, el importe total del contrato, sin incluir el IVA. En el caso de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios, el importe neto de la cifra de negocios, sin incluir el IVA"
Art. 102 LCSP 9/2017
"Los contratos del sector público tendrán siempre un precio cierto, que se abonará al contratisa en función de la prestación realmente ejecutada y de acuerdo con lo pactado. En el precio se entenderá incluido el IVA, que en todo caso se indicará como partida independiente"