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Art. 13 LCSP 9/2017
"Los contratos de obras son aquellos que tiene por objeto:
-la ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto, o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I
-la realización, por cualquier medio, de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector publico contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra"
Obra
El resultado de un conjunto de trabajos de construccion o de ingenieria civil, destinado a cumplir por si mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble.
Art. 242 LCSP 9/2017
"Serán obligatorias para el contratista las modificaciones no previstas:
-cuando impliquen aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20% del precio inicial del contrato, IVA excluido
-cuanod, superando el % anterior, el contratista muestre la conformidad a dicha modificación. En caso contrario habría que proceder a la resolución del contrato"
Art. 210 LCSP 9/2017
"El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación"
Art. 209 LCP 9/2017
"Los contratos se extinguirán por cumplimiento o por resolución"
Art. 17 LCSP 9/2017
"los contratos de servicios son aquellos cuyo objeto son prestraciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario"
Art. 233 LCSP 9/2017
"El contenido de un proyecto de obra incluirá:
memoria
planos de conjunto y de detalle
pliego de prescripciones técnicas particulares
presupuesto, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos
un programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo
las referencia de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de la obra
el estudio de seguridad y salud, o en su caso, el estudio básico de seguridad y salud
cuanta documentanción venga prevista en normas de carácter legal o reglamentario
Además de los mencionado anteriormente, y salvo que ello resulte incompativle con la naturaleza de la obra, el proyecto deberá incluir un estudio geotécnico de los terrenos sobre los que se va a ejecutar
Art. 234 LCSP 9/2017
"La adjudicación requerirá la previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto que definirá con precisión el objeto del contrato"
Art. 232 LCSP 9/2017
"a efectos de elaboración de los proyectos, las obras se clasificarán, según su objeto y naturaleza, en los grupos siguientes:
a) obras de primer establecimiento, reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación
b) obras de reparación simple
c) obras de conservación y mantenimiento
d) obras de demolición"
Art. 237 LCSP 9/2017
"La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo"
Art. 245 LCSP 9/2017
"Son causas de resolución del contrato de obras, además de las generales de la Ley, las siguientes:
a) la demora injustificada en la comprobación del replanteo
b) la suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a 4 meses
c) la suspensión de las obras por plazo superior a 8 meses por parte de la Administración
d) el desistimiento "
Art. 235 LCSP 9/2017
"La supervisión de los proyectos consiste en verificar tras elaborar el proyecto y antes de su aprobación, que se han tenido en cuenta:
1) las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario
2) la normativa técnica de aplicación para cada tipo de proyecto "