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7 Cartas en este set
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Art. 9.2 CE
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"Corresponde a los poderes públicos promover la condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas"
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Art. 14 CE
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"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religirión, opinión o cualquier otra condición o cirunstancia personal o social"
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Objeto Ley Orgánica 3/2007
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"Tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualquiera de los ámbitos de la vida, para alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria"
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Art. 1 LO 1/2004 (parte del objeto de la ley)
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"[...]la que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia"
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Art. 3 L39/2006
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"La ley se inspira en los siguientes principios;
-el carácter público de las prestraciones y la universalidad en el acceso de todas las personas en esta situación -la atencion a las personas de forma integral e integrada -la transversalidad de las políticas y colaboración de los servicios sociales y sanitarios -la valoración de las necesidades de las personas, la personalización de la atención y el establecimiento de las medidas adecuadas de prevención, rehabilitación y estimulo -la participación de la iniciativa privada en los servicios y la cooperación interadmistrativa |
Estructura LO 3/2007
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Título I, define conceptos y categorías jurídicas básicas, determina consecuencias jurídicas, incorpora garantías procesales
Título II, pautas de actuación, criterios de orientación, igualdad efectiva Título III, igualdad y medios de comunicación Título IV, derecho al trabajo en igualdad de oportunidades Título V, igualdad en el empleo público Título VI, igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios Título VII, acciones RSC Título VIII, disposiciones organizativas |
Derechos de las personas en situación de dependencia (art. 4 L39/2006)
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-A disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales, así como a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal
-Recibir información continuada acerca de si situación de dependencia -A la confidencialidad en la recogida y tratamiento de sus datos -A decidir, cuando tenga suficiente capacidad de obrar, sobre la tutela de su persona y bienes -A decidir libremente sobre su ingreso en un centro residencial -Al ejercicio de sus derechos patrimoniales -A iniciar acciones administrativas y jurisdiccionales en defensa de sus derechos |